Arsenio Martínez, abogado: “Salvo que el convenio regulador no especifique que la ropa hay que pagarla al 50%, esta está incluida dentro de la pensión de alimentos”

El experto aclara que la pensión de alimentos ya cubre el sustento textil del menor, por lo que el progenitor custodio no puede exigir pagos adicionales por estos conceptos si no se pactó previamente.

Arsenio Martínez, abogado |Redes sociales Arsenio Martínez
Fecha de actualización:

Cuando una pareja con hijos se divorcia la firma del convenio regulador tras la ruptura, genera muchas dudas, sobre todo en relación o lo que se incluye o no dentro de la pensión de alimentos. Es habitual que entre los progenitores  aparezcan fricciones en torno a conceptos como la ropa o el calzado de los menores, pero ¿se pueden reclamar estos gastos fuera de la pensión ordinaria?

El abogado experto en derecho derecho de familia, Arsenio Martínez, ha aclarado que estos dependerá de lo que ponga el convenio regulador, y es que “salvo que el convenio regulador no especifique que la ropa hay que pagarla al 50%, esta está incluida dentro de la pensión de alimentos”.

En estos casos es importante tener en cuenta que, por norma general, el Código Civil establece en su artículo 142 que “se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica”. Por tanto, en este sentido,el experto señala que, si el documento definitivo no detalla de forma explícita un reparto independiente para el vestuario, no existe base legal para exigir desembolsos extra.

Cuándo está la ropa incluida o no dentro de la pensión mensual

La clave por tanto, en cada caso, para saber si la pensión de alimentos que paga al hijo inlcuye concepto como ropa o calzado se encuentra en el texto del acuerdo de divorcio o separación. 

El experto analiza un caso concreto de un padre que abona una cuantía mensual de 400 euros por su hijo y que sufre reclamaciones constantes por estos conceptos. Ante esto, el abogado señala: “Me extrañaría que pagando 400 euros de pensión como pagas por un solo hijo, se hubiera pactado que la ropa se pagara a medias entre los dos”. Al tratarse de una cuantía considerable para un único menor, se entiende que el gasto ordinario en vestido ya queda perfectamente cubierto por la pensión mensual. 

Otras noticias interesantes

Lo más leído

Últimas noticias