Todavía no se conoce el contenido íntegro del texto de la Ley de Bienestar Animal y ya ha creado un gran revuelo entre los españoles con mascota en el hogar o con animales a cargo. La propuesta de la ministra Ione Belarra fue aprobada en Consejo de Ministros hace unas semanas. Al igual que existen nuevos permisos y obligaciones, hay hasta 24 prohibiciones dentro del texto legal.
Una de las cuestiones que más interés está suscitando es la obligación de realizar un curso para tener perro como mascota. Todavía no se tienen las características de él, pero sí que va dirigido a garantizar que los dueños estén capacitados para hacerse cargo de los animales.
Otras cuestiones que también han causado el interés de la opinión pública es el tiempo máximo que pueden estar las mascotas solos en casa y, especialmente, las medidas dirigidas a los animales destinados al trabajo. Aquí se incluye lo que ocurre con los perros destinados a la caza.
Las 24 prohibiciones de la Ley de Bienestar Animal
Se prohíbe el sacrificio de animales de compañía, exceptuando razones sanitarias o eutanásicas, entre otras. Por la información conocida por el momento, a falta de conocer el texto legal íntegro, quedan recogidas 24 prohibiciones con la Ley de Bienestar Animal y que corresponde con las detalladas a continuación.
Sacrificios
Los veterinarios únicamente podrán ejecutar la eutanasia o los sacrificios de animales bajo su criterio y control para que los animales sufran lo mínimo posible. Esto siempre cuando hay enfermedad o heridas incurables o por motivos de sanidad animal.
También quedará expresamente prohibida esta práctica cuando por detrás haya intereses económicos de sobrepoblación, carencia de plazas, imposibilidad de hallar adoptante en un plazo determinado, abandono del responsable legal, vejez o enfermedad o lesión con posibilidad de tratamiento. Tampoco por comportamiento que pueda ser corregido con un educador.
Maltrato animal
Nunca podrán tomarse actitudes violentas contra los animales. Así que es posible denunciar las situaciones de maltrato y agresión física, al igual que el sometimiento a tratos negligentes o la práctica que les hagan sufrir.
Abandono animal
Tanto en espacios públicos como privados. Los animales no pueden abandonarse.
Mutilaciones
Cualquier modificación queda terminantemente prohibida, como los que le hacen a algunas razas de animales con fines estéticos. Únicamente quedan permitidas aquellas necesarias por salud bajo control del veterinario.
Peleas de animales
Peleas de gallos, de perros, etc. Tampoco podrán adiestrarse bajo esta premisa, es decir, que no podrá adiestrarse al perro para atacar a las personas “con fines de vigilancia”.
No a los espectáculos de animales
Las corridas de toros o la utilización de animales con fines artísticos, turísticos o publicitarios que les causen dolor, angustia o sufrimiento están prohibidos. Es el ejemplo de los ponis de feria, o la utilización de animales en las cabalgatas de Reyes, en belenes o en procesiones.
Prohibido mendigar con animales
Historia de España es una figura tan mítica, aunque ya casi extinguida, de la retina de los españoles, ‘el gitano y la cabra’. Queda prohibido utilizar animales de forma ambulante como reclamo o para ejercer la mendicidad.
Trabajos con animales
Tampoco será posible someterlo a trabajos inadecuados o excesivos en tiempo o intensidad respecto a las características y estado de salud de los animales.
Accesorios crueles
Quedan prohibidos los pinchos, correas, collares u otras herramientas que causen dolor a los animales. Tampoco podrán emplearse aparatos eléctricos.
Comer perro u otras mascotas
La normativa cuya redacción aún está en curso no permite el consumo humano de ningún animal que sea de compañía, como los perros.
Cero silvestrismo
La ley también prohíbe el silvestrismo. Consiste en la práctica de la captura y cuidados en cautividad de pájaros de campo con la finalidad de su adiestramiento al canto, sobre todo las aves fringílidas.
Alimentación con despojos
Los animales no podrán alimentarse con despojos (vísceras o cadáveres) de otros animales que no hayan superado los controles sanitarios oportunos.
Animales en tómbolas
No habrá rifa ni tómbola en la que tengan cabida animales.
No encerrar a los perros
La nueva ley prohíbe de forma expresa que los perros y otras mascotas estén permanentemente encerrados en balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios, vehículos…
Arrastar animales con vehículos
Por ejemplo, no podrán llevarse animales atados mientras la moto, el coche o cualquier otro vehículo a motor esté en circulación.
Prohibido liberar mascotas sin control
La puesta en libertad en la naturaleza de cualquier ejemplar de animal doméstico también está prohibido.
Cadáveres de animales
Queda prohibida la eliminación de cadáveres de animales de compañía sin comprobar la identificación, cuando esta sea obligatoria y la no comunicación a la administración competente de la retirada del cadáver de un animal de compañía identificado.
Cepos y otros accesorios de captura
Está prohibido utilizar cualquier artilugio o herramienta deseando limitar o impedir su movilidad salvo por prescripción veterinaria.
Dejar solas a las mascotas durante un tiempo máximo
Ninguna mascota puede quedarse sin supervisión por un límite de tres días consecutivos. En el caso de los perros, no por más de 24 horas seguidas.
Mutilaciones “por belleza”
La ley tampoco permite que por práctica de selección genérica de la que se deriven problemas o alteraciones graves de la salud del animal se les mutile. Esto suele ocurrir, por ejemplo, con perros.
Cruces y criaderos
La cría no autorizada no está permitida de ninguna especie.
Comercialización en tiendas de animales
La comercialización de animales de compañía en tiendas de animales, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales está prohibida. También queda prohibida la transmisión, a título oneroso o gratuito, que no sea realizada directamente desde la personas responsable de cría, bien desde una entidad de protección animal. La cesión de animales entre particulares deberá ser gratuita y quedar reflejada por contrato.
Adopciones
La comercialización, donación o entrega en adopción de animales no identificados está prohibida.
Publicidad con animales
Al igual que las campañas publicitarias donde se utilicen animales, excepto para las que están destinadas a estos. Es decir, claro que se podrán utilizar perros o gatos cuando se quieran utilizar para promocionar marcas de comida.
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