Multa astronómica de la DGT: 6.000 euros y 6 puntos en el carnet por llevar esto en el coche

La Dirección General de Tráfico (DGT) castiga con 6.000 euros y 6 puntos en el carnet llevar inhibidores y detectores de radares.

Guardia Civil de Tráfico multando
La multa de la DGT de 6.000 euros y 6 puntos en el carnet: ojo si lo tienes EFE
Esperanza Murcia

Si hay algo a lo que temen los conductores, especialmente cuando realizan viajes, es a ser multados por los radares. Por ello, muchos de ellos utilizan aplicaciones especiales que les avisan de dónde están situados antes de alcanzarlos e, incluso, los más atrevidos se sirven de detectores e inhibidores para neutralizar los aparatos instalados por la Dirección General de Tráfico (DGT). Un gesto que se endureció en la Ley de Tráfico de 2022 y que puede pagarse realmente caro. 

El Real Automóvil Club de España, más conocido como RACE, avisa de que con el cambio de normativa las sanciones económicas por usar inhibidores y detectores de radares se aumentaron drásticamente. En el caso de los inhibidores, que se utilizan para bloquear un cinemómetro y que este no pueda medir la velocidad a la que se circula, no solo se recibiría una multa por tenerlo instalado, sino incluso por llevarlo simplemente en el coche. 

Así se recoge en el artículo 13.6 de la Ley de Tráfico, donde se establece que “se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como emitir o hacer señales con dicha finalidad”. En ambos casos, la multa es de 6.000 euros y se perderían 6 puntos en el carnet de conducir. Y no es todo, porque el taller encargado de instalar el inhibidor se llevaría una multa todavía mayor, de 30.000 euros.

La DGT también multa por los detectores de radares

Si bien la mayor sanción es por los inhibidores, la Dirección General de Tráfico también multa a los conductores que hagan uso de los detectores de radares. Estos, como explican desde RACE, son dispositivos electrónicos que identifican los dispositivos fijos, móviles o de tramo cuando captan las ondas que estos emiten, de modo que lanzan al conductor una señal sonora o visual de alerta, dependiendo del tipo de detector.

Estos se prohíben en el artículo 13.6 de la Ley de Tráfico, tanto su utilización como llevarlos en el coche sin usarlos, y la multa en los dos casos es de 500 euros más la retirada de 3 puntos en el carnet de conducir. Sin embargo, es importante no confundirlos con los avisadores de radar, ya que estos últimos sí son legales, ya que simplemente avisan de los radares publicados de forma oficial por la propia DGT y que se conocen vía GPS. Esto es, sí que se puede hacer uso, por ejemplo, de los navegadores, como puede ser Google Maps, o de aplicaciones como Social Drive.

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