
La Dirección General de Tráfico (DGT) tiene una serie de normas de obligado cumplimiento para los conductores, que deberán estar al tanto de ellas, ya que pueden ser motivo de sanción y el desconocimiento no exime de posibles multas. Y desde hace más de un año hay una norma obligatoria para algunos conductores en relación con las notificaciones de Tráfico.
Las notificaciones de la DGT suelen ser de las más temidas de los conductores, ya que es habitual que contengan multas, y estar al tanto de ellas puede suponer poder ahorrar algunos euros por pagarla pronto, e incluso evitar recargos por multas que no se hayan recibido.
Desde noviembre de 2022, Tráfico puso en vigor un nuevo sistema a través del cual se reciben las notificaciones y comunicaciones de forma telemática y que tiene los mismos efectos jurídicos que una notificación en papel, y en el que están obligadas a registrarse las personas jurídicas, y el voluntario para las personas físicas.
El sistema de la DGT para recibir notificaciones
Se trata de la Dirección Electrónica Vial (DEV), un sistema a través del cual la DGT se pondrá en contacto con los usuarios registrados para hacerles cualquier notificación, y que facilita la comunicación para que no se pierdan los avisos en casos como pueden ser un cambio vivienda o localidad.
Estas notificaciones se complementan con un aviso al usuario por correo electrónico y por SMS en el caso de que elija también esa opción.
Utilizar este sistema es voluntario en la mayoría de los casos, únicamente están obligados, según explica la DGT “personas jurídicas que sean titulares de algún permiso de circulación (titulares de vehículos en el Registro de Vehículos) o bien sean arrendatarias a largo plazo de algún vehículo”
Aquellos que quieran darse de alta en este servicio para estar al tanto siempre de las posibles notificaciones que Tráfico tenga que hacerles, tendrán que tener obligatoriamente certificado digital o DNI electrónico en vigor.
Para leer las notificaciones solo habrá que acceder al buzón, y se tendrán 10 días naturales para hacerlo, el mismo momento en el que se descargue la notificación se dará la misma por recibida, siendo un proceso equivalente al de firmar la entrega de una notificación certificada.
Las personas que de forma voluntaria se registren en este servicio podrán darse de baja en el momento en que lo deseen, mientras que para los que es obligatorio, no podrán darse de baja de este servicio, si lo intentan la baja será denegada.
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