
Estar en posesión de la nacionalidad española permite a migrantes o extranjeros poder acceder a trámites básicos dentro de España, así como optar a una bolsa de empleo, a votar o incluso a tener un cargo público. Pero para conseguir la nacionalidad primero es necesario cumplir una serie de requisitos básicos y el primero de todos es la residencia legal y permanente en España. Demostrar la residencia continua implica no salir del país más del tiempo permitido que, según el Código Civil, puede ser de 10 años para la mayoría de situaciones o de solo 1 año para circunstancias específicas.
Existen diferentes períodos de residencia legal exigidos para solicitar la nacionalidad española por residencia, dependiendo de la situación del solicitante. Algunas circunstancias como estar casado con una persona de nacionalidad española o haber nacido en España siendo descendiente de españoles de origen, pueden reducir el tiempo de residencia legal a solo un año. De igual forma, es necesario cumplir con otros requisitos, como no tener antecedentes penales y acreditar un grado suficiente de integración en la sociedad española, para lo cual es necesario aprobar el exámen CCSE y el diploma DELE A2, que acredita el conocimiento del idioma.
Aún cumpliendo todos los requisitos y presentada la solicitud de nacionalidad, la residencia permanente sigue siendo importante hasta el momento en el que se conceda la nacionalidad. Es decir, si el interesado realiza un viaje que se excede en los límites establecidos por el Código Civil durante el proceso de concesión de nacionalidad, podría recibir un resultado negativo en su solicitud de concesión de la nacionalidad española.
Límite de tiempo para viajar con la solicitud en trámite
Según informa Parainmigrantes.info, aquellas personas que se encuentran en trámite para obtener la nacionalidad española pueden salir del país, ya que no existe una prohibición expresa que lo impida. No obstante, es fundamental conservar una residencia legal y continuada en España para no poner en riesgo la validez de la tarjeta de residencia ni el estatus de residente legal.
La normativa vigente, concretamente el Real Decreto 240/2007 y la legislación de extranjería, establece unos plazos máximos de permanencia fuera de España dependiendo del tipo de permiso de residencia:
- En el caso del régimen general de extranjería, quienes cuenten con una tarjeta de Larga Duración o Larga Duración-UE pueden estar fuera de la Unión Europea durante un máximo de un año seguido.
- En un régimen comunitario, las Tarjetas de Residencia de Familiar de Ciudadano de la UE permiten ausencias de hasta seis meses en un año. No obstante, este periodo puede ampliarse a doce meses si existen motivos justificados como enfermedad grave, embarazo, formación, traslado laboral u obligaciones militares. En cuanto a la Tarjeta Comunitaria Permanente, el límite para permanecer fuera del territorio español es de dos años consecutivos.
El incumplimiento de estos plazos puede conllevar la pérdida del estatus legal, lo que se conoce como irregularidad sobrevenida, incluso si ya se ha iniciado el proceso de nacionalidad. Aunque el Ministerio de Justicia ha aclarado que esto no debería afectar la tramitación del expediente, lo más prudente es evitarlo. Para ello, es esencial renovar la tarjeta de residencia dentro de los plazos establecidos y asegurarse de mantener en todo momento una situación legal en el país. En caso de que la solicitud de nacionalidad sea rechazada mientras la persona está en situación irregular, deberá comenzar el proceso desde el principio.
Cuánto tiempo se puede permanecer fuera de España antes de solicitar la nacionalidad
Para solicitar la nacionalidad española por residencia, es necesario estar un mínimo de tiempo en el país antes del momento de la solicitud. Pero el solicitante podría estar fuera de España durante un tiempo determinado si cumple unos requisitos o condiciones:
- Para acceder a la nacionalidad mediante la residencia legal continuada de 10 años, o 5 años para los refugiados, no se puede estar fuera de España más de 6 meses seguidos.
- En los casos de solicitar la nacionalidad con solo 1 o 2 años de residencia legal, por ejemplo aquellos migrantes provenientes de países iberoamericanos, las ausencias no deben superar los 3 meses consecutivos.
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