La Seguridad Social manda un nuevo aviso importante a las empleadas del hogar

La Tesorería General de la Seguridad Social, TGSS, avisa de que los empleadores pueden dar de alta y de baja a las empleadas del hogar de forma telemática y en solo 6 minutos.

Dar de alta y baja empleadas del hogar
Oficina de la Seguridad Social (INSS)
Trinidad Rodríguez

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) recuerda a los empleadores de las empleadas del hogar que ya es posible darles de alta y de baja desde Import@ss. Se trata de un portal telemático con el que no es necesario realizar este tipo de trámites de forma presencial en las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social

TGSS empleadas del hogar

Esta página web dependiente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones está desarrollada para que todos los ciudadanos puedan realizar trámites online de forma sencilla y accesible. De hecho, solo bastará de 6 minutos para afiliar a una trabajadora del hogar en la Seguridad Social. 

Dentro del Plan de Actuación para regularizar los salarios y cotizaciones a la Seguridad Social del sector de las empleadas de hogar liderado por Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Economía Social, también recuerda que la responsabilidad de dar de alta a una empleada del hogar pertenece siempre a la persona contratante. Además, desde enero de 2013 también lo podrán realizar las empleadas del hogar que trabajen menos de 60 horas al mes en un mismo hogar, en cuyo caso, podrá tramitarlo ella misma. 

¿Cómo puedo dar de alta a una empleada del hogar?

El primer paso para dar de alta a una empleada del hogar es acceder a la plataforma Alta Empleado del Hogar Import@ss, de la Tesorería General de la Seguridad Social. El empleador deberá de identificarse entrando en el Área Personal con usuario y contraseña a través de su Cl@ve Permanente. 

cómo dar de alta empleada del hogar

En caso de no estar registrado en Cl@ve, hay otras tres formas posibles de acceder: Vía SMS, Cl@ve Pin y Certificado Digital. Cabe recordar que el alta hay que tramitarla antes del comienzo de la actividad laboral, con un periodo de antelación máxima de 60 días.

También podrán tramitar el alta a través de Import@ss o ‘Te ayudamos’ los empleados de hogar que trabajen menos de 60 horas al mes por empleador. Es decir, aquellos que acudan a realizar las labores domésticas en más de una casa. Antes de comenzar con este procedimiento telemático, es necesario contar con la siguiente documentación. 

Documentación necesaria

En cuanto a los documentos necesarios para afiliar a una empleada del hogar en la Seguridad Social, habrá que contar con la siguiente documentación:

  • Datos tanto del empleador como del trabajador: DNI, NIE o Número de la Seguridad Social o el Número de identificación como empleador (Código de Cuenta de Cotización CCC).
  • Un contrato de trabajo en el que se reflejan los datos relativos a jornada mensual y salario que, en ningún caso, podrá ser inferior al SMI para el año 2021, fijado en 950 euros repartidos en 14 pagas, lo que asciende a 13.300 euros al año. 
  • Otros datos necesarios para aplicar beneficios en la cuota como por ejemplo la condición de familia numerosa.
  • Un número de cuenta para domiciliar los pagos, incluido el IBAN y mandato SEPA (autorización para cargar las cuotas en la cuenta). 
  • El permiso de trabajo para trabajadores extracomunitarios.

¿Cómo dar de baja a una empleada del hogar?

Import@ss también permite tramitar la baja de una empleada de hogar en los tres días siguientes a la finalización del contrato de trabajo. También ofrece la opción de cambiar los datos de la relación laboral con una antelación variable, comunicándolo siempre a la Seguridad Social.

Todos estos puntos, una vez finalizados, estarán en el archivo de la Tesorería General de la Seguridad Social, TGSS.

Las empleadas del hogar recibirán un SMS con las altas y bajas en la Seguridad Social 

Las trabajadoras del hogar recibirán un mensaje de texto (SMS) al número de teléfono móvil, siempre lo tenga asociado con el que aparece en la base de datos de la Seguridad Social, o un correo electrónico cada vez que el empleador lleve a cabo trámites como el alta, la baja o modificaciones en su contrato de trabajo.

sms empleadas del hogar

Si la empleada del hogar no recibe ningún mensaje, deberá acceder al Área Personal - Datos Personales para comprobar el trámite realizado y revisar los datos de contacto, teléfono móvil y correo electrónico, para verificar que son correctos. En adelante, la Seguridad Social podrá comunicar cualquier cambio por estos medios.

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