
Los trabajadores desempleados que hayan agotado la prestación por desempleo, el paro, del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), pueden cobrar un subsidio por desempleo de 460 euros de dicho organismo. Esto se produce cuando carecen de rentas. Pero hay un subsidio único que puede superar esa cuantía y que está lleno de matices.
Esa prestación no contributiva del SEPE se trata de la Renta Agraria y solo se puede cobrar en dos comunidades autónomas: Andalucía y Extremadura. Está dirigido a todos los trabajadores del campo que, por la estacionalidad de las campañas, están parados y no pueden cobrar el paro.
La cuantía de los subsidios generalmente es fija, sin embargo, la renta agraria presenta diferentes cuantías en función de los días trabajados. Pero para poder cobrarla hay que cumplir una serie de requisitos previos que difieren con los comunes al resto de subsidios del SEPE.
Requisitos para cobrar el subsidio de más de 460 euros
La renta agraria es una ayuda que se puede pedir en la Sede Electrónica del SEPE y para acceder a ella, se deben cumplir una serie de condiciones por parte del solicitante, entre ellas se encuentra:
No haberse beneficiado de un subsidio agrario en alguno de los tres años anteriores a la solicitud.
Haber formado parte del colectivo de trabajador eventual agrario por cuenta ajena.
Estar empadronado y tener residencia en alguna localidad andaluza o extremeña.
Estar inscrito en el censo del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social (SEASS) durante los 12 meses anteriores a la solicitud. Si la persona tiene 45 años o más, se le exigirá que haya estado entre cinco y 20 años.
Estar al corriente del pago de la cuota fija en ese régimen.
Haber cotizado al SEASS durante los últimos 12 meses anteriores a la situación de desempleo, por un mínimo de 35 jornadas reales.
No poseer unas rentas anuales que superen los 1.000 euros del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Esto sin contar con pagas extraordinarias y no superar el límite de rentas establecido a nivel familiar.
Estar inscritos como demandantes de empleo en el SEPE, además de mantener esa inscripción durante el tiempo que se cobra el subsidio y, por último, suscribir el compromiso de actividad.
Una vez que el agricultor reina todos estos requisitos, sí que podrá pedir este subsidio específico por desempleo al Instituto de Empleo (INEM SEPE).
¿De cuánto es la cuantía de ese subsidio de más de 460 euros?
Por regla general, la cuantía a percibir por los desempleados que cobran los subsidios corresponde, por ley, con el 80% del Impuesto Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Es decir, que mensualmente cobran 463,21 euros.
Sin embargo, la renta agraria no tiene una cuantía establecida inamovible.
Actualmente, el subsidio para la gente del campo está establecido en seis cuantías, según el número de jornadas reales trabajadas y el IPREM mensual vigente en cada año. Estos tramos se resumen en los siguientes:
- 463,21 euros al mes, para 35 y 64 jornadas.
- 492,17 euros al mes, para 65 y 94 jornadas.
- 526,91 euros al mes, para 95 y 124 jornadas.
- 555,86 euros al mes, para 125 y 154 jornadas.
- 584,81 euros al mes, para 155 y 179 jornadas.
- 619,55 euros al mes, para quienes hayan trabajado más de 180 jornadas.
Hay que tener presente que la cuantía se podrá comenzar a cobrar al día siguiente en el que se cumplen tres meses desde que se aprobó la solicitud. Esa será la fecha en la que los beneficiarios la verán refleja en la cuenta bancaria que hayan facilitado al SEPE.
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