¿Tiene derecho la primera esposa a la pensión de viudedad?

La Seguridad Social permite que las personas divorciadas o separadas puedan cobrar una pensión de viudedad, aunque los requisitos no serán los mismos para todos.

mujer viuda
La pensión de viudedad es una pensión contributiva que concede la Seguridad Social Envato
Isabel Gómez

La pensión de viudedad corresponde con una pensión contributiva que otorga la Seguridad Social cuando fallece el cónyuge o pareja de hecho. Sin embargo, existen muchos divorciados que desconocen si el primer esposo o esposa tiene derecho a cobrarla. Por regla general, es algo que puede ocurrir, pero siempre que se cumplan unos requisitos específicos.

Las separaciones y divorcios no paran de crecer en España, y, aunque no es un fenómeno que ocurra en los últimos años, sí que influye cuando unos de los cónyuges fallece. Tanto el actual como los anteriores pueden no tener una economía holgada y necesiten cobrar esta prestación contributiva.

Actualmente, alrededor de 2.354.435 millones de personas reciben una pensión de viudedad en España, lo que supone un gasto mensual de 1.839,2 millones de euros de desembolso para las arcas públicas del Estado. Así se recoge en los últimos datos ofrecidos por la administración pública en el pasado noviembre.

Requisitos para que las personas divorciadas puedan cobrar la pensión de viudedad

El principal motivo por el que una persona divorciada, como la primera esposa, puede cobrar la pensión de viudedad es porque cumple con el requisito de no haber vuelto a casarse ni a estar registrado como pareja de hecho, entre otros. Hay que estudiar cada caso porque la Seguridad Social hace una diferenciación clara: las condiciones cambian si el divorcio fue antes o después del 2010.

A continuación, se detallan las situaciones expresas que cumplen con las condiciones exigidas para este año:

Si la separación o divorcio ocurrió después del 1 de enero del 2010, la Seguridad Social requiere que:

  • No se haya vuelto a contraer matrimonio o tener pareja de hecho.
  • Que haya sido reconocida a favor una pensión compensatorio y que esta finalice con la muerte de la expareja. Si no existiese dicha ayuda, podrán recibir la viudedad si acreditan ser víctimas de violencia de género y lo justifique.

Cuando no se cumplen con esas exigencias, desde el 2013 puede exigirse la ayuda de viudedad cuando el divorcio del excónyuge fallecido fuera antes del 1 de enero de 2008, siempre que:

  • Sea mayor de 65 años.
  • No tendrá derecho al cobro de otra pensión contributiva de la Seguridad Social.
  • En caso de que el matrimonio tuviera una duración de más de 15 años.

La duración máxima para cobrar la pensión de viudedad

Otra de las grandes preguntas es la de ¿durante cuánto tiempo se cobra la pensión de viudedad? Pues bien, si la persona cumple con todos los requisitos, puede llegar a cobrarse de forma vitalicia cuando no vuelva a contraer matrimonio de nuevo.

Sin embargo, toda regla tiene su excepción. Si vuelve a casarse podría mantener la pensión contributiva al acreditar que cumple con estos dos requisitos:

  • Que tiene 61 años o que acredita un grado de discapacidad de más del 65%. 
  • Que la pensión de viudedad es la principal fuente de ingresos de la persona beneficiaria.

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