Las ayudas que pueden pedir los padres solteros, separados o divorciados al SEPE y Seguridad Social

Seguridad Social, Servicio Público de Empleo Estatal y otras entidades públicas ofrecen una serie de ayudas para todos aquellos padres que tengan hijos a cargo.

Las ayudas que pueden pedir los padres solteros, separados o divorciados al SEPE y Seguridad Social
Ayudas para padres
Francisco Miralles

Ser padre no es tarea fácil y más aún, cuando se trata del cuidado de un menor estando solo. Independientemente de la situación personal, entidades públicas del gobierno de España como el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o Seguridad Social (INSS) ofrecen diversas ayudas para padres solteros, divorciados, separados o viudos.

Todas estas prestaciones económicas tienen como objetivo ayudar a los padres a la crianza de sus hijos. Y es que España es uno de los países donde el número de familias monoparentales ha aumentado significativamente desde los últimos años. Según un estudio del Instituto Nacional de Estadística (INE), se contabilizaron el año pasado 1.944.800 hogares monoparentales, lo que supone un 10,4 % del total de hogares en España.

Aclarar, que aunque muchas de estas ayudas están destinadas a padres divorciados, solteros, separados o viudos, no significan que sean exclusivas para este colectivo. Todas las personas que reúnan los requisitos para cada ayuda podrá solicitarlas al organismo pertinente.

Ayuda por hijo a cargo para padres solteros

La prestación por hijo a cargo se trata de una ayuda económica a la que pueden acceder los padres por cada uno de los hijos que tuviera. Esta prestación la concede la Seguridad Social sin importar si los hijos/as fueran biológicos, adoptados o en acogida.

También podrán acceder los padres con hijos menores de 18 años afectados por una discapacidad de al menos un 33 % o, mayores de 18 si la discapacidad fuera igual o superior al 65 %.

Cuantías de la prestación por hijo a cargo

Las cuantías de esta ayuda económica se paga en un importe anual repartido en dos veces y dependerá de la edad de los hijos y del grado de discapacidad. Estas son las cuantías:

  • Hijos menores de 18 años sin discapacidad la cuantía será de 341 euros anuales.
  • Hijos menores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 33 % la cantidad será de 1.000 euros anuales con la opción de cobrarlo en 250 euros de forma trimestral.
  • Hijos mayores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 65 % la cuantía será de 4.747,20 euros anuales. Se puede cobrar de forma mensual a razón de 392 euros mensuales.
  • Hijos mayores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 75 % la cuantía será de 7.120,80 euros anuales. Se podrá cobrar de forma mensual a razón de 588 euros al mes.

Límite de ingresos para acceder a la ayuda por hijos a cargo

Para acceder a estas ayudas es necesario que los padres no superen unos umbrales de ingresos máximos. Estos son los topes para 2022:

  • Para padres con un hijo no se podrá tener ingresos por encima de los 12.424 euros anuales. En el caso de tener más hijos/as, la cantidad aumentará un 15 % extra por cada hijo/a.
  • Si los hijos cuentan con un grado de discapacidad o es menor acogido, la Seguridad Social no exigirá límite de ingresos.
  • En el caso de tener tres hijos a cargo, la cuantía anual no deberá de superar los 18.699 euros anuales y, en el caso de tener un cuarto hijo, la ayuda se incrementará en 3.029 euros.

Ayuda por nacimiento o adopción para padres solteros

Esta prestación del Instituto Nacional de la Seguridad Social es conocida como “la ayuda de los puntos” y se concede a los padres divorciados, solteros o separados que tenga la guardia y custodia del menor por sentencia judicial.

Ahora y como novedad, esta ayuda por nacimiento se destinará a familias monoparentales, familias numerosas o padres que cuenten con una discapacidad de al menos el 65 %.

Los padres que no reúnan este requisito podrá solicitarla, pero la misma estará integrada dentro del ingreso mínimo vital.

Ingreso Mínimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación no contributiva destinada a familias y en este caso a padres con graves dificultades económicas. La ayuda de la Seguridad Social busca garantizar de un mínimo de ingresos.

Para acceder a esta ayuda es necesario que los padres no superen un límite de ingresos 

  • Padre con un menor: 23.684,64 euros.
  • Padre con dos menores: 30.451,68 euros.
  • Padre con tres o más menores: 37.218,72 euros.

En el caso de que en la unidad de convivencia existiesen hijos mayores de edad, los límites de ingresos serán los siguientes:

  • Padre con un adulto: 23.684,64 euros.
  • Padre con un adulto y un menor: 30.451,68 euros.
  • Padre con un adulto y dos menores: 37.218,72 euros.
  • Padre con un adulto y tres o más menores: 43.985,76 euros.
  • Padre con dos adultos: 30.451,68 euros.
  • Padre con dos adultos y un menor: 37.218,72 euros.
  • Padre con dos adultos y dos o más menores: 43.985,76 euros.
  • Padre con tres adultos: 37.218,72 euros.
  • Padre con tres adultos y un menor: 43.985,76 euros.
  • Superiores: 43.985,76 euros.

Cuantías del ingreso mínimo vital para padres solteros

Dependiendo de la unidad de convivencia, la Seguridad Social asignará una cuantía fija. Esa será la cuantía mínima que deberá de cobrar en este caso el padre soltero o en unidad de convivencia.

  • Padre y un menor: 859,37 euros mensuales.
  • Padre y dos menores: 1.028,98 euros mensuales.
  • Padre y tres o más menores: 1.198,56 euros mensuales.
  • Padre más un adulto: 734,97 euros mensuales.
  • Padre más adulto y un menor: 904,51 euros mensuales.
  • Padre más adulto y dos menores: 1.074,20 euros mensuales.
  • Padre más adulto y tres o más menores: 1.243,83 euros mensuales.
  • Padre y dos adultos a cargo: 904,51 euros mensuales.
  • Padre con dos adultos y un menor: 1.074,20 euros mensuales.
  • Padre con dos adultos y dos o más menores: 1.243,74 euros mensuales.
  • Padre más tres adultos a cargo: 1.074,20 euros mensuales.
  • Padre más tres adultos y un menor: 1.243,74 euros mensuales.
  • Otros casos: 1.243,74 euros mensuales.

Subsidio por desempleo con responsabilidades familiares 

Los padres que tras agotar la prestación contributiva  por desempleo (paro) sigan en situación de desempleo podrán acceder al subsidio por desempleo con responsabilidades familiares o más conocido como ayuda familiar. Esta ayuda para padres trabajadores es gestionada por el SEPE a través de las oficinas de empleo.

Esta ayuda tiene una cuantía fija que corresponde al 80 % del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). En 2022 esta cantidad se sitúa en los 463,21 euros mensuales.

La duración de este subsidio dependerá de la edad y del paro consumido:

  • Padre en situación de desempleado menor de 45 años y ha agotado un paro menor a cuatro meses, le corresponden 18 meses de subsidio (1 año y seis meses).
  • Padre en situación de desempleado menor de 45 años, pero ha agotado un paro superior a cuatro meses, le corresponden 24 meses de subsidio (dos años).
  • Padre desempleado mayor de 45 años y que hayan consumido un paro inferior a cuatro meses podrán cobrar este subsidio durante 24 meses (dos años).
  • Padre en situación de parado mayor de 45 años y el paro consumido es superior a cuatro meses, el subsidio será de 30 meses (dos años y seis meses).

Carnet de familia numerosa

Los padres con tres hijos o más pueden acceder a una serie de beneficios y descuentos exclusivos para las familias numerosas. Entre estas deducciones se encuentran:

  • Deducciones fiscales en la declaración de la renta de hasta 3.000 euros. 
  • Descuentos en la matrícula de la universidad de hasta el 50 %.
  • Descuentos en el transporte público. Entre un 20 % y un 50 %.
  • Descuento en entradas para actividades culturales.
  • Acceso a bono social eléctrico.
  • Descuento en la cuota de cotización de las empleadas de hogar.
  • Facilidades para el acceso a la vivienda.
  • Descuento de 50 % en el impuesto de matriculación.

Rentas activas de inserción

Al igual que la Seguridad Social cuenta con el Ingreso Mínimo Vital, las Comunidades Autónomas cuentan con los Salarios Social o Rentas Mínimas de Inserción (RMI). Estas ayudas se destinan a personas que carecen de suficientes recursos económicos y están en alto riesgo de exclusión social.

Cada Comunidad Autónoma gestiona su propia renta de inserción y las mismas podrán contabilizarse con el ingreso mínimo vital. Tener en cuenta que no se concederán las ayudas de forma supletoria, sino que una complementará a la otra.

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