El título de familia numerosa especial es aquel que concede una Comunidad Autónoma a los padres que tienen cargas familiares y siempre que cumplan una serie de requisitos muy específicos. Esta condición tiene una serie de beneficios fiscales de cara a declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y que se pueden obtener siempre y cuando sean beneficiarios de este título de familia numerosa especial.
Esta categoría especial se diferencia del régimen general en el que, en cuánto al título de familia numerosa general son aquellas familias que tienen hasta un límite de 4 hijos. Mientras que el régimen especial de estos beneficios están destinados a aquellas familias que tienen desde 3 hijos y si se da una serie de condiciones específicas.
Cabe destacar que esta condición no se pide a un solo organismo nacional, sino que, en función de donde se viva, hay que dirigirse hasta la delegación territorial de Salud y Familias. Pero no solo ahí, sino que también se puede solicitar al Ayuntamiento del municipio en el que se está empadronado.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios del título de familia numerosa especial?
A la hora de especificar qué familias pueden adquirir el título de familia numerosa especial que conceden las consejería de Salud y Familias de las diferentes comunidades autónomas hay que especificar que se pueden diferenciar hasta 6 tipos de unidades familiares que pueden ser beneficiarias de esta condición. Todas las que pueden acceder a este régimen especial son:
- Padres con 5 o más hijos.
- Padres con 4 hijos, uno de ellos con una discapacidad mínima del 33 %.
- Padres con 4 hijos y una renta de ingresos baja.
- Padres con 2 hijos, pero ambos descendientes con una incapacidad permanente del 33% como mínimo.
- Padres con 3 hijos, pero 1 de ellos con una discapacidad de, al menos, el 33 % y tienen una renta de ingresos baja.
- Padres con 3 hijos, pero 2 de ellos con una incapacidad permanente de, como mínimo, el 33%.
Documentos necesarios para solicitar el título de familia numerosa especial
Pero no solo es necesario cumplir con el requisito establecido anteriormente sobre las personas que pueden ser beneficiarias o no. Sino que, además, también es de obligado cumplimiento el hecho de entregar una documentación a la administración a la que se vaya a solicitar. Esta documentación es:
- DNI de todos los integrantes de la unidad familiar.
- Libro de Familia.
- Certificado de empadronamiento de cada miembro.
- Declaración responsable de ingresos recibidos durante el año anterior a la solicitud.
¿Cómo se solicita el título de familia numerosa especial?
A la hora de solicitar el título de familia numerosa en un régimen especial, hay que tener en cuenta un factor clave, y es que, en función de la Comunidad Autónoma en la que se resida, deberá solicitarse a una administración específica. A continuación se van a detallar todas las sedes electrónicas de las comunidades para poder dirigirse, de manera directa, a la solicitud de este certificado. En ellas habrá algunas a las que habrá que identificarse y poder realizar el trámite de manera on-line, pero también habrá casos en los que no se permita la tramitación online, especificando cómo se deben presentar presencialmente. Estas son:
- Andalucía.
- Región de Murcia.
- Comunidad Valenciana.
- Cataluña.
- Navarra.
- País Vasco.
- Castilla y León.
- Castilla-La Mancha.
- Madrid.
- Aragón.
- La Rioja.
- Cantabria.
- Principado de Asturias.
- Galicia.
- Islas Baleares.
- Islas Canarias.
¿Qué beneficios tiene ser familia numerosa especial?
Por último, sobre los beneficios a los que pueden optar las unidades familiares a las que se les conceda esta condición de familia numerosa especial son variadas. Tanto es así que se pueden destacar una serie de aspectos en los que dichos beneficiarios van a tener una serie de ventajas, estas van a verse reflejadas en:
- Descuento en el pago de matrículas universitarias.
- Deducciones fiscales a Hacienda.
- Acceso a museos y centros culturales.
- Ayuda en el acceso a guarderías y comedores.
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