
El sindicato USO-Sector Aéreo logra que la demanda interpuesta para que cada trabajador de tierra de Iberia con un contrato fijo discontinuo cobre su plus salarial, salga adelante. La Audiencia Nacional, ha determinado en su sentencia que lo contrario sería dar un trato discriminatorio a estos empleados. La sentencia alcanza tanto a aquellos que tienen una jornada parcial o completa indistintamente, por lo que percibirán 174,72 euros al mes.
Este plus salarial lo cobrarán más de 500 trabajadores del personal de tierra de Iberia, que hasta el momento, no percibían esta compensación por cumplir con una jornada parcial de trabajo. La Audiencia Nacional toma esta decisión, tras la demanda de impugnación parcial del XXII Convenio Colectivo de Personal de Tierra de Iberia interpuesta por USO y a la que adhirieron UGT, CCCO, CGT y CESHA.
La sentencia a favor de los fijos discontinuos de Iberia
El artículo 13 de la tercera parte del Convenio Colectivo de Iberia recogía que el plus salarial solo estaba destinado a los trabajadores con un contrato fijo discontinuo a tiempo completo, ya que consideraba que tenían circunstancias especiales. Esta medida no incluía a aquellos empleados con el mismo contrato, pero que trabajan a tiempo parcial.
USO-Sector Aéreo planteó que no existían especiales circunstancias que diferenciasen a unos empleados de otros, y que era discriminación para los empleados de jornada parcial, ya que además son los que peores condiciones laborales tienen en Iberia.
Por lo tanto, ante el reclamo de USO y el resto de sindicatos, la Audiencia Nacional ha considerado que “limitar el cobro de un complemento salarial únicamente a los trabajadores fijos discontinuos contratados a tiempo completo, sin que lo puedan percibir los contratados a tiempo parcial, supone un trato discriminatorio” y considera que “este plus salarial es de naturaleza indivisible, por los que todas las personas fijas discontinuas deben percibirlo de forma íntegra todos los meses”.
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