
Jugar con fuego puede salir muy caro y no siempre para los trabajadores de una empresa sino para los propios empresarios. Esto es lo que le ha ocurrido a un trabajador gallego cuando en el día de Nochebuena 2022 la explosión de un petardo le causó graves lesiones. Un accidente fuera del ámbito laboral que llegó hasta el Juzgado de lo Social 1 de Vigo ante el injusto despido en la empresa donde trabajaba.
El resultado de la explosión fue nefasto, causándole la amputación de las falanges distales de varios dedos, además de heridas y abrasiones. Esto le permitió acogerse a una prestación de incapacidad temporal, es decir, cobrar la baja médica de la Seguridad Social. Una situación que mantenía en la que se emitió la sentencia.
Ante este accidente, el empresario decidió despedir al trabajador afectado. Algo con lo que este no quedó conforme y decidió recurrir ante la justicia social. El caso llegó hasta el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, quien tuvo que dictaminar sentencia.
Como resultado, el empleado de Técnicas de Ventilación de Galicia S.L. está obligado a volver a readmitir a este por ser un despido improcedente. Deberá volver a su puesto en cuanto haya sido de alta y entre otros extremos que incluyen los salarios dejados de recibir compensados con las prestaciones de incapacidad temporal percibidas, a indemnizarlo con 3.000 euros por daños y perjuicios.
Los motivos de la Justicia para declarar el despido como improcedente
Como recoge la sentencia, el magistrado ha decidido tildar el despido de improcedente gracias a un mensaje de WhatApp que recibió el empleado de su jefe. El accidente ocurrió el 24 de diciembre de 2022 y días después, en enero de 2023, el administrador de la empresa le envió un mensaje al móvil lamentando la situación, pero que “era un momento muy jodido” y añadió que “quiero que entiendas que esto a mí también me ha ocasionado un problema gordo y necesito hablarlo contigo cuanto antes”.
Una vez reunido con el hermano del afectado, el empresario planteó la extinción del contrato laboral, pero no fue aceptado por esta persona. El 8 de febrero, la empresa comunicó formalmente el despido al trabajador con efecto del 23 de enero “por causas económicas, organizativas y productivas”. Se basaba en una “situación económica negativa” de la compañía, al mismo tiempo que justificaba las “nulas perspectivas de carga de trabajo a corto y medio plazo”.
El juez no ve acreditadas las causas del despido objetivo y, basándose en la conversación de WhatsApp, tomó la consideración de que el cese del trabajador trae causa en el accidente que sufrió, lo que supone una discriminación por razón de enfermedad, motivo por el que estima la demanda del empleado y declara nulo el despido.
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