Qué es un despido improcedente: ¿qué hacer para que sea declarado como nulo?

El despido nulo o improcedente debe ser declarado por un juez y tiene derecho a recibir indemnización, así como a cobrar la prestación contributiva por desempleo o paro.

Qué es un despido improcedente
Despido improcedente
Trinidad Rodríguez

Cuando se habla sobre lo que es un despido improcedente y cuáles son sus causas, lo primero que hay que tener en cuenta es que se contempla en el artículo 56 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (ET). Se considera improcedente cuando las razones alegadas por la empresa no puede no justifican realmente el despido. De hecho, el empleador debe tener pruebas fehacientes de que el trabajador no ha cumplido con sus obligaciones. Pero también hay improcedencia si la forma de comunicarlo formalmente no se ajuste a la normativa, recogida entre los artículos 51 y 55 del ET.

Para que se declare como improcedente, hay que tener en cuenta que debe ser declarado como nulo por un juez mediante sentencia firme. Será por tanto la persona encargada de valorar si los hechos y las causas del despido se ajustan o no a lo establecido en la legislación española. Sin embargo, existe la posibilidad de que una compañía pueda reconocerlo sin esperar a que esto ocurra mediante el Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación, organismo dependiente del Ministerio de Trabajo, o de la correspondiente Consejería de Trabajo de la comunidad autónoma. También es posible en los juzgados antes de que se celebre el juicio. 

A este respecto, cabe mencionar que es de vital importancia identificar el tipo de despido ante el que se encuentre, ya que el empresario puede efectuar otros tipos de despidos como el objetivo, el disciplinario y el colectivo (ERE). En cualquier caso, todos ellos, incluído el nulo, tiene derecho a recibir una indemnización por despido, cuyas cuantías económicas dependerán de cómo se haya ejecutado la finalización del contrato de trabajo.   

¿Cómo actuar ante un caso de despido improcedente?

Es importante destacar que no sirve de nada rechazar la carta de despido, al contrario, lo que va a propiciar es que se retrase el procedimiento. Por lo que en caso de despido improcedente se tiene que proceder así

  • Exigir que se entregue una copia de la carta de despido y quedársela antes de firmar ningún documento. 
  • Comprobar la fecha en la que pone en la carta y que nunca sea anterior al día que se haya sido despedido.
  • Será deberá firmar la documentación, pero siempre poniendo debajo la palabra “no conforme”.

Si el trabajador no está de acuerdo, deberá presentar una demanda laboral en la que justifique el porqué de la improcedencia del despido. A continuación, habrá primero un acto de conciliación y, en caso de no llegar a un acuerdo, como se ha mencionado antes será un juez el responsable de dictar la sentencia. 

Despido improcedente: ¿Cómo calcular su indemnización?

Desde la publicación de la última reforma laboral aprobada en el año 2012, los trabajadores tienen derecho a una indemnización despido improcedente de 33 días por año trabajado con un total máximo a percibir de 24 mensualidades. Aunque mucha atención. 

Las nuevas reglas sobre la indemnización por despido improcedente se aplican a los contratos celebrados a partir de la fecha de la entrada en vigor del Real Decreto-ley de 2012. Por lo que en caso de que el trabajador cuente con un despido nulo en el que figura un contrato con fecha anterior al 6 de julio de 2012, será de 45 días de salario por año de servicio con un máximo de 42 mensualidades.

Para calcular la indemnización por despido nulo intervienen dos variables principales:

  • El salario diario percibido
  • La antigüedad del trabajador en la empresa 

En primer lugar, se debe calcular el salario anual, que es la suma de los salarios brutos de los últimos 12 meses, incluidas las pagas extraordinarias o prorrateadas. El resultado obtenido se tendrá que dividir entre los días que tiene el año que, recordemos, a efectos laborales son 360 días en lugar de los 365 como tiene el año natural. A continuación, se necesitará obtener los años de antigüedad en la empresa. En el caso de que no se llegue al año de contrato, se contará en días y se dividirá entre los 360 días laborables. 

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