
El cálculo de vacaciones es una de las cuestiones que más preocupa cuando se está trabajando. Lo primero que hay que saber es que es un derecho que se recoge el Estatuto de los Trabajadores y ninguna empresa se puede negar a conceder el mínimo establecido por la legislación: 30 días naturales por año trabajado. ¿Qué quiere decir días naturales? Que se incluyen festivos y domingos. Haciendo el cálculo para los días laborables (de lunes a sábado), se tendría hasta 22 días al año.
Otro aspecto importante del derecho a vacaciones es que, obligatoriamente, se trata de un descanso retribuido. Además, se trata de un derecho irrenunciable y del que todos los empleados deben disfrutar por ley. En ningún caso, la empresa podrá modificar los mínimos establecidos (30 días naturales), sino que solo podrá ampliar el número de días de descanso para mejorar la situación del trabajador, nunca empeorarla.
Sobre la elección de los días, las vacaciones no se pueden escoger libremente. Aunque haya empresas que lo permitan, si concuerdan las fechas con su actividad laboral, se deben fijar mediante un acuerdo entre el empresario y el trabajador. Del mismo modo, los empresarios no pueden obligar a que los empleados se cojan vacaciones los días que ellos consideren o en función de sus intereses. A destacar, es que los empleados deben de saber con al menos dos meses de antelación qué días le corresponden.
Cómo calculo mis vacaciones
Fijados los mínimos por año, la siguiente pregunta que se hacen los trabajadores es cómo hacer el cálculo de las vacaciones. Teniendo en cuenta que son 30 días naturales al año, corresponden 2,5 días por mes trabajado. De ese modo, si por ejemplo se ha trabajado medio año (6 meses), se tendría derecho a 15 días de vacaciones. Si, otro ejemplo, se han trabajado dos meses, se podría disfrutar de 5 días naturales. Hay que hacer el cálculo correspondiente según esta premisa.
Si se prefieren calcular las vacaciones por días laborales, serían 1,8 por cada mes trabajado. Este cálculo se establece para cualquier tipo de jornada: no importa si se está trabajando a tiempo parcial o completo, corresponden exactamente los mismos días de vacaciones, como recoge el citado Estatuto de los Trabajadores. Lo que sí cambia es la retribución económica, como ocurre durante la jornada laboral.
¿Cómo se calcula el cobro de la vacaciones?
La última pregunta clave en el cálculo de vacaciones es saber cómo están retribuidas. ¿Las vacaciones se pagan igual que el sueldo? Sí, durante los días vacacionales se percibe el mismo salario que si se estuviera trabajando. Por ello, para saber cuánto se cobra estando de vacaciones, hay que coger el sueldo mensual (salario base, complementos y pagas extras incluidas si son prorrateadas) y dividirlo por 30 días en nómina mensual. El resultado será lo que se cobrará por cada día de vacaciones.
Hay que recordar que las vacaciones no se pueden compensar económicamente en caso de no tomárselas, se tienen que disfrutar obligatoriamente. Solo hay dos excepciones por las que se podrían pagar, como recoge el estatuto:
- Si finaliza la relación laboral: en caso de despido o que el empleado decida irse de la empresa, en el finiquito se deben incluir las vacaciones no disfrutadas que le correspondían por tiempo trabajado.
- Si el trabajador se coge la jubilación después de haber estado en una incapacidad temporal (baja) y le quedan días pendientes de vacaciones.
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