
El Gobierno de España quiere prohibir por ley que se puedan vincular los periodos de prácticas académicas curriculares a una contraprestación o donación por parte de las universidades, ya sean públicas o privadas. Esto es, quieren prohibir que las universidades puedan pagar o donar dinero a las empresas para que sus alumnos puedan hacer prácticas que forman parte del Plan del Estudio (obligatorias para obtener el título).
Esto también quedaría prohibido aunque no se hiciera de forma directa, sino a través de fundaciones u organizaciones vinculadas, siendo una medida que ya adoptaron este año en la Formación Profesional (FP). En este caso, tal como ha podido saber Europa Press, el Grupo Parlamentario Socialiasta y el Grupo Sumar han registrado en el Congreso de los Diputados una enmienda en la Ley de la Agencia Estatal de Salud, ahora en trámite, para modificar la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU).
Desde el Gobierno justifican la enmienda con el objetivo de salvaguardar el acceso igualitario de todo el estudiantado universitario al universo de posibilidades que constituyen las prácticas académicas eternas, cuando son curriculares: “se considera fundamental que las mismas no impliquen, en el momento de acordarse, una transacción económica (bajo forma de precio o de donación) entre el centro de origen y el de destino”.
Evitar que la capacidad económica de las universidades pueda condicionar la obligatoriedad de las prácticas
Atendiendo a lo anterior, se pretende “evitar que la mayor capacidad económica de determinadas instituciones de educación superior pueda condicionar el adecuado ejercicio de esta obligación curricular por parte del estudiantado universitario”. En este sentido, cabe señalar que el aumento de universitarios conlleva una presión por parte de las universidades para buscar plazas de prácticas en las empresas, instituciones o entidades.
Por ello, desde el Gobierno pretenden que con esta iniciativa se facilite que todos los universitarios tengan las mismas oportunidades a la hora de realizar sus prácticas curriculares, siendo el objetivo máximo “igualar a todos los estudiantes”, sin importar la universidad donde están estudiando, ya que las prácticas formativas “son fundamentales”.
Pasando a los aspectos técnicos, la enmienda se ha presentado para modificar en concreto el artículo 9 de la LOSU, relativo a la estructura de las enseñas oficiales, donde se va a establecer que las universidades, centros y estructuras autorizadas para impartir enseñanzas oficiales universitarias, sean públicas o privadas, tendrán que establecer los acuerdos de prácticas académicas externas sin ninguna vinculación a una contraprestación o donación por parte de las mismas, cuando estas sean curriculares.
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