La Seguridad Social avisa a las familias del trámite imprescindible para acceder a las ayudas del Gobierno de España

La Seguridad Social lanza un nuevo aviso a las familias numerosas: deben hacer un trámite imprescindible antes de solicitar cualquier tipo de ayudas o prestaciones del Gobierno de España.

familia numerosa
El aviso de la Seguridad Social a las familias numerosas por un trámite imprescindible
Isabel Gómez

La Seguridad Social es consciente de que hay familias numerosas que necesitan una aportación económica extra, en forma de ayudas o prestaciones por el número de hijos. Independientemente de la condición que tengan estas unidades familiares, general o especial, todas deben estar atentas a un trámite imprescindible para acceder a ellas: solicitar o renovar el carnet de familia numerosa. Sin embargo, hay familias que no saber cuál es el procedimiento, por lo que la administración pública ha querido aclarar cuáles son los pasos a seguir.

No conocer cómo renovar el carnet ha provocado que el canal de atención ciudadana de Twitter del Ministerio de la Seguridad Social haya lanzado un aviso sobre cómo presentar el título de familia numerosa correctamente. Realmente, es la única manera de acceder a las ayudas que les correspondan, aunque previamente hay que cumplir unos requisitos para obtener esa condición.

Cabe mencionar que existen muchos tipos de familia numerosa, la general y las específicas. Como norma, tienen esta consideración aquellas unidades familiares formadas por dos progenitores y tres o más hijos. Aunque con la nueva Ley de Familias del Gobierno de España, aprobada a finales del 2022, se incluyen nuevos modelos de familia numerosa, como las monoparentales con dos hijos a cargo.

Los requisitos para ser familia numerosa, según la Seguridad Social

La Seguridad Social explica que según la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, explica cuáles son las condiciones para obtener la condición de familias numerosa, algo orientado no tanto a los padres sino a los hijos:

  • Deben ser menores de 21 años y no estar casados. En caso de que estudien en límite se amplía a los 25 años.
  • Convivir con los padres o con uno de ellos. Si viven durante un tiempo por estudios, trabajo o salud, no implica romper la convivencia entre padres e hijos.
  • Depender de sus padres económicamente, es decir, si:
    • Obtienen ingresos que no superen el IPREM.
    • Cobran una incapacidad permanente uy la pensión no excede el IPREM.
    • La contribución a la economía familiar es necesaria para obtenerla, si solo hay un progenitor y está inactivo.

Cómo renovar el carnet de familia numerosa

La forma más rápida para renovar el carnet de familia numerosa y acceder a sus ayudas es a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Previamente, la persona titular debe tener certificado electrónico o Cl@ve permanente para acceder al trámite. En caso de no disponer de identificación electrónica, también es posible a través de la pestaña ‘Solicitudes y Trámites de Prestaciones de la Seguridad Social’.

Una vez dentro, habrá que acceder a la opción de ‘Familia’ y, posteriormente, elegir el tipo de procedimiento que sea necesario. En este caso, hay que pulsar a ‘Variación de datos’, la cual redirige a una pantalla donde es posible actualizar los datos.

Hay habrá que descargar y rellenar el formulario para la renovación del carnet, guardarlo en el dispositivo móvil y, posteriormente, adjuntarlo en el envío. El archivo debe estar en formato PDF.

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