La Seguridad Social recuerda a las empleadas del hogar esto que afecta a sus futuras ayudas y pensiones

La Seguridad Social recuerda cuáles son las nuevas bases de cotización de las empleadas del hogar. Dependiendo de estas, podrán cobrar más o menos de pensión o con las ayudas por desempleo.

Bases de cotización empleadas del hogar
Bases de cotización de las empleadas del hogar 2023 Canva
Esperanza Murcia

La Tesorería General de la Seguridad Social ha lanzado un importante aviso a las empleadas del hogar. Con la última subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), no solo subieron sus tablas salariales, sino que también aumentaron sus cotizaciones. Las nuevas bases de cotización se recogieron en la Orden PCM/313/2023, publicada el pasado 30 de marzo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y afecta directamente al acceso de estas trabajadores a las ayudas por desempleo o a las distintas pensiones. 

Las bases de cotización sirven para calcular cuánto se debe pagar a la Seguridad Social (tanto por parte del empleado, como del empleador), pero también sirven para calcular la base reguladora de prestaciones como el paro o los subsidios por desempleo, o de las pensiones de la Seguridad Social, desde la jubilación hasta la incapacidad permanente.

Según las mismas, la cuantía a cobrar puede ser mayor o menor, por lo que es uno de los puntos más importantes que se deben revisar en la nómina. Así lo ha avisado la TGSS en su cuenta de Twitter, recordando los nuevos tramos de cotización fijados según la retribución y los tipos aplicables del Sistema Especial de Empleados del Hogar. Conviene consultarlos para comprobar que la base de cotización que se nos está aplicando es la correcta, que siempre irá acorde a nuestros ingresos. 

Bases de cotización de las empleadas del hogar 2023

La Orden PCM/313/2023, que se puede consultar en el BOE, recoge las bases de cotización 2023 de las empleadas del horas, que se fijan según la remuneración que se percibe mensualmente. Es decir, dependiendo de nuestro sueldo, será mayor o menor. Actualmente, se fijan en ocho tramos y son los siguientes: 

  • Retribución mensual de hasta 291 euros mensuales: base de cotización de 270 euros mensuales.
  • Retribución mensual desde 291,01 hasta 451 euros: base de cotización de 386 euros mensuales.
  • Retribución mensual desde 451,01 hasta 613 euros: base de cotización de 532 euros mensuales.
  • Retribución mensual desde 613,01 hasta 755 euros: base de cotización de 694 euros mensuales.
  • Retribución mensual desde 755,01 hasta 939 euros: base de cotización de 858 euros mensuales.
  • Retribución mensual desde 939,01 hasta 1.098 euros: base de cotización de 1.018 euros mensuales.
  • Retribución mensual desde 1.098,01 hasta 1.260 euros: base de cotización de 1.260 euros mensuales.
  • Retribución mensual desde 1.260,01 euros: la base de cotización será igual que dicha retribución. Es decir, la misma cuantía que el sueldo.

Cuotas de las empleadas del hogar

Sobre estas bases de cotización, se aplican las cotizaciones, que son las cuotas que pagamos a la Seguridad Social. Este 2023, quedarían de la siguiente forma:

  • Contingencias comunes: un 28,30% (un 23,60% corre a cargo del empleador y el 4,70% restante a cargo del empleado. 
  • Contingencias profesionales: un 1,50% a cargo exclusivo del empleador.
  • Desempleo: si se tiene un contrato indefinido, es del 7,05% (un 5,5% a cargo del empleador y un 1,55% del empleado). Si es un contrato temporal, son del 8,30% (un 6,70% a cargo del empleador y un 1.60% a cargo del empleado).
  • Fondo de Garantía Salarial (FOGASA): un 0,2% a cargo exclusivo del empleador.
  • Mecanismo de equidad intergeneracional, más conocido como el impuesto MEI: un 0,6% (un 0,5% a cargo del empleador y un 0,1% a cargo del empleado).

Otras noticias interesantes

Lo más leído

Archivado en: