
La incapacidad permanente absoluta es aquella que inhabilita al trabajador para realizar cualquier tipo de actividad laboral. Aunque así lo establece la normativa de la Seguridad Social, lo cierto es que hasta ahora existían algunas excepciones: era posible desempeñar actividades laborales muy limitadas siempre que fueran compatibles con las limitaciones del beneficiario. En este contexto, el abogado laboralista Víctor Arpa ha lanzado un mensaje de advertencia: la Seguridad Social puede retirarte la pensión si trabajas, incluso si se trata de un empleo adaptado a tu discapacidad.
Esta advertencia llega tras la publicación de la sentencia STS 544/2024 del Tribunal Supremo, que obliga a la Seguridad Social a cambiar de criterio. Como consecuencia, se ha emitido una resolución interna en la que se oficializa este nuevo enfoque (se puede consultar en este enlace). A partir de ahora, quienes estén cobrando una pensión por incapacidad permanente absoluta perderán su derecho si inician cualquier actividad que implique estar dados de alta en la Seguridad Social.
La pérdida de la pensión no será necesariamente definitiva. Tal y como establece la normativa, la prestación podrá reactivarse una vez que la persona deje de trabajar. En los casos en los que se perciba el complemento por gran invalidez (que se concede cuando la persona necesita ayuda de una tercera persona para los actos más básicos de la vida), dicho complemento se seguirá recibiendo incluso si la pensión principal queda suspendida.
La Seguridad Social puede quitarte la incapacidad permanente absoluta si trabajas
El abogado Víctor Arpa empieza su video lanzando la siguiente advertencia: “La incapacidad absoluta ya no es compatible con el trabajo”. En su mensaje explica que, tras el cambio de criterio del Tribunal Supremo (el cual hemos detallado más arriba), la Seguridad Social puede quitarte la pensión si trabajas, incluso si se trata de un empleo adaptado a tu discapacidad. “El Tribunal Supremo ha cambiado las reglas”, afirma.
Antes de esta sentencia, las personas con una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez podían realizar trabajos protegidos, como los ofrecidos por la ONCE, sin perder la pensión. Sin embargo, ahora ya no es posible mantener esa compatibilidad. Arpa explica que cualquier empleo que implique cotizar en la Seguridad Social es motivo para perder la prestación.
El abogado subraya que esto puede afectar a miles de personas, que podrían verse obligadas a elegir entre seguir trabajando o mantener su pensión por incapacidad. También avisa de que si se está cobrando actualmente y se trabaja, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) podría abrir un expediente de revisión y retirarla.
Por otra parte, quienes estén pensando en solicitar la incapacidad permanente absoluta o la gran invalidez también se verán afectados: “Ahora será más difícil conseguirla porque exigirán pruebas aún más estrictas”, asegura Arpa. Además, aunque ya tengas la pensión reconocida, pueden revisarla en cualquier momento y dejarte sin ingresos de la noche a la mañana. “En consecuencia —concluye el abogado—, si tienes una incapacidad absoluta o gran invalidez, esto te afecta directamente. Y ahora ya conoces tus derechos”.
Qué pasa con la incapacidad permanente absoluta si trabajas
A raíz de esta sentencia del Tribunal Supremo, si una persona con incapacidad permanente absoluta trabaja o realiza cualquier actividad que implique estar dada de alta en la Seguridad Social, la pensión quedará suspendida. Ahora bien, esa suspensión no es definitiva, ya que según la propia normativa, la pensión puede reactivarse en el momento en que la persona deje de trabajar. Y si, además, recibe el complemento de gran invalidez —es decir, cuando necesita ayuda de otra persona para las actividades básicas del día a día—, ese complemento se sigue cobrando aunque la pensión principal esté suspendida.
Para quienes ya estaban compatibilizando trabajo y pensión antes del cambio, la Seguridad Social permitirá mantener esa situación hasta que finalice el contrato actual. Aun así, la resolución advierte que podrían ser llamados a revisión para valorar si realmente sigue existiendo la causa que justifica la pensión.
Otras noticias interesantes
- Un cambio permitirá acceder a la pensión de incapacidad permanente sin que derive de una incapacidad temporal prolongada
- Una mujer cobra durante años la pensión de viudedad de su abuela fallecida, la Seguridad Social le reclama 61.834,46 euros y el juzgado la absuelve
- La Seguridad Social bajará las pensiones de viudedad mínimas por debajo de estas cuantías si se reciben estos ingresos
Lo más leído
- Elon Musk consigue reducir 1 billón de dólares en el déficit y anuncia que lo deja
- Los trabajadores que ganen menos de 1.350 euros ya pueden cobrar el paro y su sueldo al mismo tiempo: confirmado por Trabajo
- Hacienda no podrá reclamarte las deudas si ha pasado este tiempo
- BBVA ofrece superrebajado un chalet adosado de más de 100 metros por tan solo 10.000 euros
- Los viajes del Imserso presentan un nuevo precio de 50 euros para todos sus viajes: hay que cumplir un requisito
- El precio de la luz mañana jueves vuelve a desplomarse: hay varios tramos a 0 euros
Últimas noticias
- La Inspección de Trabajo puede multar con hasta 7.500 euros a las empresas que nieguen o incumplan los descansos de sus trabajadores
- La Seguridad Social aprobará importantes novedades para la jubilación anticipada y será "en cuestión de semanas"
- El precio de la luz mañana jueves vuelve a desplomarse: hay varios tramos a 0 euros
- La reducción de jornada laboral a 37,5 horas volverá al Consejo de Ministros con estas modificaciones
- Las únicas comunidades en las que se puede solicitar el Bono de alquiler Joven de 250 euros al mes