La Justicia obliga a la Seguridad Social a reconocer la incapacidad permanente de un albañil con hernia discal y dedos amputados

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia permite que un albañil cobre la incapacidad permanente tras acumular dolencias progresivamente.

Profesional de la construcción trabajando
La Seguridad Social pierde la batalla y debe abonar una incapacidad permanente a un albañil con hernia discal y dedos amputados. Canva
Isabel Gómez

Cobrar una pensión de incapacidad permanente al sufrir una enfermedad o lesión no es tarea fácil, independientemente de si es de carácter profesional o no. Una sentencia reciente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha desvelado cómo ha sido la ardua batalla entre la Seguridad Social y un albañil, quien sufre de una hernia discal y tiene varios dedos amputados. Ahora, la Justicia ha ratificado el derecho a esta pensión contributiva, pero, ¿por qué se negaban a dársela? ¿Cómo ha sido ese procedimiento?

Antes de conocer esas respuestas, hay que tener en cuenta que cualquier persona que quiera cobrar esta pensión de incapacidad debe cumplir unos requisitos y seguir un procedimiento. Primero, se le hace un examen por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI). 

Posteriormente, se comprueba si la persona tiene un grado de discapacidad igual o superior al 33%. En caso de que así sea, el Director Provincial de la Seguridad Social determinará la modalidad de pensión que le corresponde (parcial, total, absoluta o Gran Invalidez) y, por tanto, la cuantía a recibir.

En el caso que aquí ocupa, Don Eulalio ha tenido que luchar por la vía judicial hasta conseguir el reconocimiento de su incapacidad. Así lo recoge la sentencia emitida el 1 de julio de 2024 donde se ratificaba una sentencia previa del Juzgado de lo Social nº 2 de Lugo.

¿Cómo ha conseguido el trabajador la pensión de incapacidad permanente?

Todo comenzó cuando este profesional de la construcción comenzó a presentar varias dolencias físicas por su trabajo de albañil: una lumbociatalgia, una hernia discal y un diagnóstico de diabetes que desembocó en la amputación de varias falanges de su pie derecho. En esta situación, el interesado acudió a la Seguridad Social para solicitar una pensión de incapacidad permanente y, tras ser rechazada, el caso finalizó con una demanda judicial contra el INSS y la Tesorería General (TGSS).

El pasado 29 de septiembre, el Juzgado nº2 de lo Social de Lugo determinó que este trabajador tenía derecho a la incapacidad permanente absoluta, dado su grado alto de discapacidad para la profesión habitual y accediendo así a una cuantía correspondiente con el 100% de su base reguladora (1.580,79 euros mensuales). Inconforme con la sentencia, la administración pública recurrió esta sentencia y el caso llegó al Tribunal Superior de la comunidad autónoma.

¿Por qué ha decidido la Justicia otorgar a este albañil la incapacidad permanente absoluta?

Como puede comprobarse en la sentencia emitida, el TSXG revisó todos los informes médicos presentados y el magistrado determinó que sí que el afectado tenía derecho a esa pensión contributiva dada su incapacidad a realizar cualquier otro trabajo.

Específicamente, se incluye que Eulalio padece de: “lumbociatalgia derecha, hernia discal L4-L5, microdiscectomía, XTLIF, amiotrofia y debilidad muscular en estudio, pie diabético con dislipemia y DM-2, arteriopatía isquémica con amputaciones en el pie derecho”. Varias enfermedades acumulativas.

El juez del caso se acogió al artículo 194 del Real Decreto Legislativo 8/2015, sobre la Ley general de la Seguridad Social y en la disposición transitoria 26ª, donde este trabajador debe tener una pensión acorde a su estado de salud. Como recoge la sentencia:  “A la vista de las dolencias del beneficiario, el beneficiario se encuentra incapacitado permanentemente en el grado de absoluta para toda profesión u oficio”.

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