
La reforma de las pensiones impulsada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que dirige José Luis Escrivá, ya está aprobada. Esta nueva reforma trae importantes cambios tanto en la forma de calcular la pensión, así como la de mejorar las pensiones mínimas y reducir la brecha de género. Sin embargo, hay una medida, que aunque todavía no esté aprobada, lo hará muy pronto y es, la de mejorar el acceso a la jubilación anticipada a las personas trabajadoras con discapacidad.
Actualmente, las personas con discapacidad pueden acceder a la pensión de jubilación con 56 o 52 años, dependiendo del grado de discapacidad. Así, en el caso de tener un grado de discapacidad igual o superior al 45 % será posible acceder a la jubilación anticipada con 56 años. En el caso de contar con una discapacidad igual o superior al 65 % podrán acceder con 52 años edad.
Según los datos estadísticos de la Seguridad Social, desde que entró en vigor el Real Decreto 1851/2009, que regula este tipo de jubilaciones, han sido reconocidas un total de 3.494 jubilaciones anticipadas de trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45 %. De estas, actualmente hay en vigor 3.271 pensiones.
Ahora, el Ministerio de Escrivá ha elaborado un Real Decreto con el que pretende modificar el Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 16.1bis de la Ley General de la Seguridad Social. Este es el que regula el acceso a la jubilación anticipada de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento.
¿Quién podrá pedir la jubilación anticipada con 5 años cotizados?
Podrán acceder a la jubilación anticipada con solo 5 años cotizados los trabajadores con grado de discapacidad igual o superior al 45 %. Además, será necesario acreditar que durante 15 años se haya estado afectado por alguna de las patologías discapacitantes recogidas en la norma.
Hay que aclarar que, salvo que el gobierno disponga otra cosa, esta medida será de aplicación para todo aquel hecho causante a partir de la aprobación de la entrada en vigor de la norma. Es decir, que no tendrá carácter retroactivo.
Con esta modificación el Gobierno quiere mejorar el acceso a un colectivo con bastantes dificultades no solo de encontrar empleo, sino de también acreditar esos 15 años de cotización mínimos que se exige para acceder a la pensión contributiva de jubilación. Se espera que esta medida para reducir de 15 a 5 los años mínimo de cotización exigidos a personas con discapacidad igual o superior a 45 % se apruebe en las próximas semanas.
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