La cuantía de la pensión de viudedad depende de los requisitos del beneficiario y del causante (la persona fallecida), pudiendo variar entre un 52% y hasta un 70% de la base reguladora. En caso de que la cantidad resultante sea inferior a la pensión mínima, esta se puede incrementar mediante el complemento a mínimos en la pensión de viudedad. Además, a esta pensión se le puede aplicar el complemento por brecha de género (anteriormente conocido como complemento por maternidad o por hijo en la pensión).
Para determinar la cuantía primero hay que calcular la base reguladora y sobre esta aplicar el porcentaje que corresponda según los requisitos y situación de la persona beneficiaria.
Determinar la base reguladora en la pensión de viudedad
La base reguladora que dependerá de si el origen que dio lugar a la prestación fue por causas profesionales (accidente de trabajo/enfermedad profesional) o no laborales (enfermedad común o accidente no laboral).
Si el hecho causante fue por accidente de trabajo o enfermedad profesional
En este caso, la base reguladora se calcula sumando los salarios percibidos durante el año, incluyendo todos los conceptos de su sueldo, así como las horas extra, que habitualmente no se incluyen en las bases de cotización ordinarias. Así, la base reguladora se obtiene sumando todos estos ingresos anuales y el resultado dividiéndolo entre 12.
Si el hecho causante fue por contingencia común (enfermedad común o un accidente no laboral)
Cuando el hecho causante es a consecuencia de una contingencia común (no relacionada con el trabajo) la base reguladora se determina sumando las bases de cotización por contingencias comunes más favorables durante un periodo continuo de 24 meses y se divide el resultado entre 28. Estas bases deben seleccionarse dentro de los 15 años anteriores a la fecha en que se genera el derecho a la pensión.
Los beneficiarios deben escoger estos 24 meses de manera consecutiva, sin poder seleccionar bases de cotización de forma aislada. Posteriormente, estas bases pueden ser revalorizadas para reflejar cambios en el valor del dinero a lo largo del tiempo.
Se suman las 24 bases y se divide entre 28, ya que las cotizaciones son a 12 meses, pero en cambio, la pensión de viudedad se cobra en 14 pagas (12 mensualidades más dos pagas extraordinarias).
Si el hecho causante era ya pensionista
Para calcular la base reguladora derivada del fallecimiento de un pensionista (ya sea por jubilación o incapacidad permanente), se toma como referencia la base reguladora que se utilizó inicialmente para determinar la pensión del fallecido, una vez revalorizada.
Esto significa que, independientemente de las reducciones aplicadas a la pensión del fallecido (por ejemplo, por haberse jubilado anticipadamente), la base para el cálculo de la nueva pensión no será la cantidad final que percibía el pensionista, sino la base reguladora original.
Cuánto se cobra de pensión de viudedad
De forma general, la cuantía de la pensión de viudedad corresponde al 52% de la base reguladora. Esta puede aumentar al 60% o el 70% dependiendo de los requisitos del beneficiario.
Desde el año 2019, la base reguladora aumentará al 60% cuando el beneficiario tenga 65 años o más y no perciba ingresos por trabajo, ya sea por cuenta ajena o propia. Además, es necesario que la suma de otros ingresos no superen el límite de establecido para tener derecho a la pensión mínima de viudedad (consultar límite ingresos complemento a mínimos).
La pensión de viudedad llegará al 70% de la base reguladora cuando el beneficiario tenga cargas familiares, como hijos o menores acogidos menores de 26 años, o personas con discapacidad, siempre y cuando estos convivan y dependan económicamente del beneficiario. Además, la pensión debe constituir al menos el 50% de los ingresos totales del beneficiario; los ingresos anuales del beneficiario no deben superar el límite establecido, tener derecho al complemento a mínimos y el ingreso medio por miembro de la unidad familiar no debe exceder el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Pensión mínima y complemento por hijo a cargo en la pensión
En el caso de que tras aplicar el porcentaje esta fuera inferior a la pensión mínima, si no contará con ingresos superiores los 8.941,33 euros, se podrá solicitar que la Seguridad Social complemente la cuantía hasta alcanzar la pensión mínima de viudedad, según su situación familiar.
Además, en el caso de tener hijos, se podrá solicitar el complemento para reducir la brecha de género al mismo tiempo que se solicita la pensión. Este es independiente a la prestación de viudez y son 30,4 euros al mes extra por cada hijo hasta un máximo de 4 (121,6 euros al mes).
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