Las pensiones por incapacidad permanente son unas prestaciones económicas que tratan de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral. Estas son concedidas por la Seguridad Social y por norma general se cobra hasta llegar a la edad de jubilación mientras se sigan reuniendo los requisitos. Al llegar a esta edad, el trabajador deberá decidir si sigue manteniendo la incapacidad permanente o pasa a cambiarla por la pensión jubilación.
Según explica la Seguridad Social en su portal web, la pensión de incapacidad permanente será incompatible con la de jubilación. Esto quiere decir que no se puede cobrar ambas prestaciones dentro de un mismo régimen, por lo que se tendrá que decidir si cobrar una u otra.
Por normal general, la pensión por incapacidad permanente al llegar a la edad de jubilación cambia automáticamente a la pensión de jubilación, salvo que el beneficiario quiera lo contrario. En la mayoría de las ocasiones será más beneficioso, salvo en los grados de incapacidad permanente total.
Cómo perjudica cambiar de una incapacidad permanente total a la jubilación
Dentro de los cuatro grados de incapacidad permanente, la total es aquella que limita para la profesión habitual, pero permite desarrollar otra actividad laboral. En esta se cobra el 55% de la base reguladora, pero en el caso de tener 55 años y no ejercer ninguna actividad laboral la cuantía asciende al 75% de la base reguladora, lo que se denomina como incapacidad total cualificada.
Al llegar a la edad de jubilación y en el caso de no haber estado ejerciendo ninguna actividad laboral, la mejor opción será seguir cobrando la incapacidad permanente y no, la pensión de jubilación.
La razón es, que porque aunque la jubilación supone el 100% de la base reguladora, al no haber cotizado durante esos últimos 10 años no se han generado nuevas cotizaciones, lo que llevaría a percibir una cuantía menor a la que se percibía hasta ahora del 75% por incapacidad total cualificada.
Cabe recordar que la incapacidad se calcula con conforme a los años trabajados antes de la dolencia que causó la invalidez. En el caso de haber estado trabajando, no se hubiera cobrando ese 20%, pero se hubiera generado nuevas cotizaciones y por ende, al llegar a la jubilación, la cuantía hubiera sido superior, ya que representa un 100% de la base reguladora, aunque todo depende del caso.
Otras noticias interesantes
-
Estas son las ventajas que tiene ser pensionista por incapacidad permanente total
-
¿Se cotiza cuando se está cobrando una pensión de incapacidad permanente para la jubilación?
-
La Seguridad Social confirma qué ocurre con la incapacidad temporal al llegar al día 365
-
Cómo cobrar una pensión por incapacidad permanente y una pensión de jubilación a la vez
Lo más leído
-
El precio de la luz mañana martes, 30 de abril de 2024: las horas donde se dispara
-
ING regala hasta 120 euros estos días por comprar en el supermercado
-
Estos cambios en el subsidio para mayores de 52 años podrían llegar a partir del 1 de junio
-
Adiós al día de 24 horas: a partir de esta fecha los días en la tierra durarán 25 horas
-
El SEPE sorprende hoy 29 de abril con 27.000 ofertas, sin experiencia y sueldos de 3.000 euros
-
Solvia pone a la venta pisos y chalets desde 39.900 euros: los hay en buen estado, con garaje y piscina