
Hasta que el Ministerio de Trabajo y Economía Social no firmó el Convenio 189 de la OIT, las trabajadoras domésticas no han visto cómo sus derechos laborales se convertían en una realidad: derecho a paro y a una pensión de jubilación, siempre que cotizarán lo mínimo. En un sector que tradicionalmente siempre a “cobrado en B”, antes estos avances son muchas las que dudan sobre: ¿Cómo funciona la jubilación anticipada para las empleadas del hogar? ¿Y para las internas? Algo que la Seguridad Social ha dado respuesta.
Por regla general, para tener derecho a una pensión de jubilación y acceder a ella antes de tiempo, los trabajadores han de cotizar un mínimo de tiempo en el régimen contributivo de la Seguridad Social que le corresponda. Además, la edad de retiro cambia por el hecho de que sea voluntario o involuntario, siempre que se cumplan los requisitos para ello.
Como esta medida es reciente de que las empleadas domésticas coticen para la jubilación y tengan derecho al paro, aquellas que trabajaron toda su vida, pero no lo suficiente para ella, tiene disponible una pensión no contributiva de jubilación, gestionada por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso). Sin embargo, el abandono del mercado laboral de forma anticipada no está contemplado y tienen que esperar a los 65 años.
¿Qué trabajadoras domésticas tienen derecho entonces a la jubilación anticipada? ¿Cuáles son los requisitos de la Seguridad Social y a partir de qué momento puede hacerse?
¿Cuándo pueden acceder las empleadas del hogar a una jubilación anticipada en 2024?
En 2024, las empleadas del hogar pueden acceder a la jubilación anticipada, de forma voluntaria o forzosa, siempre que hubieran cotizado un mínimo de 15 años para esta pensión contributiva dentro del Régimen General. Dos de esos años deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la solicitud de esta en la Seguridad Social.
La Ley General de la Seguridad Social y el sistema actual de pensiones, bajo la tutela del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, establece que a la jubilación anticipada forzosa puede accederse hasta cuatro años antes de la edad ordinaria (61 años) si se han cotizado un mínimo de 38 años o más en 2024, o un máximo de dos años (63 años) si el retiro es voluntario.
En los casos donde no se llega a cumplir ese periodo mínimo de cotización, solamente se puede acceder a ella a partir de los 62 años y seis meses, si es involuntario, o a los 64 años y seis meses, si es voluntario.
Cuantía que reciben las empleadas del hogar por la jubilación anticipada voluntaria en 2024
La Seguridad Social tiene establecidas unas cuantías mínimas y máximas en cada año, que es el margen de lo que reciben las empleadas del hogar por su jubilación. Sin embargo, hay que tener en cuenta que cualquier anticipo en esta pensión conlleva penalizaciones a modo de coeficientes reductores por cada mes de adelanto sobre el importe de la mensualidad.
Si han cotizado un mínimo de 15 años, tienen derecho al 50% de la base reguladora. Únicamente llegarán al derecho de cobrar el 100% de la misma cuando hayan cotizado un mínimo de 36 años y medio en 2024.
Como se ha comentado, la cuantía se verá reducida por unos coeficientes reductores en su retiro voluntario, en función de los años cotizados. Corresponden con los siguientes:
- Empleadas domésticas con menos de 38 años y seis meses cotizados: las reducciones van del 21% al 3,26% de la pensión.
- Empleadas domésticas con entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses cotizados: las reducciones van del 19% al 3,11% de la pensión.
- Empleadas del hogar con entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses cotizados: las reducciones van del 17% al 2,96% de la pensión.
- Empleadas del hogar con más de 44 años y seis meses cotizados: las reducciones van del 13% al 2,81% de la pensión.
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