Los bancos ya se pueden adherir a los avales ICO del 20% para la compra de una vivienda que arrancan en mayo

El Gobierno formaliza el convenio para los avales ICO del 20% para la compra de una vivienda, que empieza a operar en Mayo. Los bancos ya pueden suscribirse.

La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, y el ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo,
Los bancos ya se pueden adherir a los avales ICO del 20% para la compra de una vivienda que arrancan en mayo Ministerio de Vivienda
Lucía Rodríguez Ayala

Los bancos ya pueden adherirse a los avales ICO del 20% del Gobierno para la compra de una vivienda. Así se ha recogido en el convenio suscrito hoy entre el Ministerio de Vivienda y el Instituto de Crédito Oficial (ICO). De este modo las familias que cumplan con los requisitos establecidos para su solicitud podrán hacerlo en el momento en que la entidad quede adherida al mismo. 

La formalización del convenio ha sido presidida por la ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, y el ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, según explican desde el Gobierno la firma del mismo “presenta un paso fundamental para el despliegue de los avales”

Termina así el proceso de formalización de esta línea de avales, en la que los bancos podrán empezar a operar a partir de este mes de mayo, pudiendo consultarse el listado de las entidades que se suscriban a través de la página web del ICO. 

Condiciones para solicitar los avales ICO del 20% para la compra de una vivienda

Estos avales, según aclaran desde el Ministerio de Vivienda, serán gratuitos tanto para los compradores de la vivienda como para las entidades que concedan la financiación. 

Hasta el 31 de diciembre de 2025 podrán formalizarse los préstamos que se acojan a esta línea de avales, pero existe la posibilidad que el plazo se amplíe hasta 2027. 

Para poder acceder a esta línea de avales habrá que cumplir una serie de condiciones, que desde el Gobierno informan que serán las siguientes: 

  • Ser mayor de edad y tener residencia en España ininterrumpida durante los dos años anteriores a la solicitud. 
  • Ser menor de 35 años (en las familias con menores a cargo no se aplica límite de edad)
  • No superar los 37.800 euros brutos al año (4,5 veces el IPREM), y si se adquiere entre 2 personas los ingresos no podrán ser mayores a la suma del límite individual. 
  • El límite avalado serán 100.000 euros. 
  • No se podrá tener otra vivienda en propiedad.
  • El inmueble cuya compra se avala debe ser la vivienda habitual. 
  • El aval tendrá una vigencia de 10 años a contar desde la formalización de la operación. 
     

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