Buenas noticias para muchas familias que viven separadas entre varios países de la Unión Europea o que simplemente tienen a uno de sus miembros trabajando en otro país. Bruselas ha dado un paso más para aclarar cómo se gestionarán las ayudas familiares en estos casos, garantizando su cobro aunque los hijos residan en otro Estado miembro.
Los países de la UE han dado luz verde al acuerdo para reformar las normas de coordinación de la Seguridad Social, una medida que llega después del cambio ya anunciado sobre el pago del paro en casos transfronterizos. Ahora, el nuevo texto también introduce mejoras en otras prestaciones clave, como las ayudas familiares y las prestaciones por cuidados de larga duración, según confirmó la propia Comisión Europea en un comunicado.
Este avance busca adaptarse a una realidad cada vez más habitual: familias en las que los padres trabajan en distintos países o en las que los hijos viven en un Estado diferente al de los progenitores.
Las ayudas familiares se podrán cobrar aunque los hijos vivan en otro país
Uno de los cambios más importantes es que se garantiza el derecho a cobrar prestaciones familiares incluso cuando los menores residan en otro país de la Unión Europea. Esto acaba con un limbo legal en el que muchas familias se encontraban a veces desprotegidas al migrar a otro país o cuando uno de los progenitores tenía que marcharse a trabajar fuera de su país.
Hasta ahora, este tipo de situaciones generaba dudas y conflictos entre administraciones. Con la nueva normativa, se aclara que el hecho de que los hijos vivan en otro Estado miembro no impedirá el acceso a estas ayudas.
Además, la reforma precisa mejor qué país es responsable de pagar estas prestaciones, teniendo en cuenta la situación laboral de los progenitores y el lugar donde trabajan o cotizan.
Se definen mejor qué ayudas corresponden en cada caso
La normativa también introduce mayor claridad sobre el tipo de prestaciones familiares.
En concreto, diferencia entre:
- ayudas vinculadas a la pérdida de ingresos por cuidado de hijos
- otras prestaciones familiares no relacionadas directamente con el empleo
Esta distinción permitirá evitar duplicidades y facilitar la gestión de las ayudas cuando varios países estén implicados.
Un cambio que se suma al del paro en casos transfronterizos
Esta medida se enmarca dentro de la misma reforma que ya estableció que el país donde se trabaja será el encargado de pagar el paro en determinados casos.
Ahora, la Unión Europea completa ese enfoque ampliando la seguridad jurídica a otras prestaciones, como las ayudas familiares o los cuidados de larga duración. Unas ayudas que hasta ahora en muchas ocasiones se perdían por el cambio de domicilio a otro país de uno de los integrantes del conjunto familiar, dejando al resto desprotegidos o teniendo que buscar alternativas en el país de destino.
El objetivo es que los ciudadanos no pierdan derechos por trabajar o vivir en distintos países, algo cada vez más frecuente en el mercado laboral europeo.
Más claridad y menos conflictos entre países
Con esta actualización, Bruselas busca evitar los problemas administrativos que hasta ahora surgían en situaciones transfronterizas, al igual que pasaba en el caso del cobro del paro. Esto se engloba en una normas comunes de Seguridad Social entre los estados que no dejen a nadie desprotegido.
La normativa aclara qué país debe asumir cada prestación, mejora la coordinación entre Estados y garantiza que las familias puedan acceder a las ayudas sin importar dónde residan sus hijos.
Así, la Unión Europea pretende adaptar su sistema de prestaciones a una realidad en la que cada vez más personas trabajan, viven o tienen vínculos en varios países a la vez, ya sea motivados por la migración o simplemente porque el domicilio fiscal de sus empresas está en otro país distinto al que residen.
Con estas nuevas reglas, quieren asegurar que los derechos sociales acompañen a los ciudadanos allá donde estén, evitando vacíos legales y mejorando la protección de las familias en toda Europa.

