
Por lo general, las prestaciones de la Seguridad Social a excepción de las pensiones, tienen una duración limitada o son prestaciones con un único pago. Entre estas se encuentra el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una ayuda de carácter no contributivo que se puede cobrar de manera indefinida hasta que la persona o unidad de convivencia mejore su situación económica. Aunque se puede cobrar hasta 1.448,90 euros la cuantía no es fija y dependerá de las personas que conformen la unidad de convivencia y de los ingresos de todos estos.
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación económica diseñada para prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social en aquellos hogares que carecen de ingresos económicos suficientes. Es decir, es una ayuda que sirve para garantizar un salario mínimo mensual. De este modo, se garantiza un mínimo de ingresos para cubrir las necesidades más básicas y esenciales de cualquier persona o unidad familiar.
Ahora esta ayuda se encuentra dentro de las denominadas prestaciones no contributivas, ¿qué quiere decir esto? Pues, que no cotizan ni para las prestaciones por desempleo ni para las prestaciones contributivas de la Seguridad Social, como pueden ser las pensiones de jubilación o incapacidad permanente. Además, para acceder a estas se deben de cumplir una serie de requisitos mínimos.
El requisito para cobrar el subsidio indefinido
Al Ingreso Mínimo Vital pueden acceder las personas mayores de 23 años que no formen parte de una unidad de convivencia, jóvenes de entre 23 y 29 años que hayan residido legalmente en España durante al menos dos años de forma independiente, mayores de 30 años con un año de vida independiente previo, mujeres mayores de 18 años víctimas de violencia de género o trata, jóvenes de 18 a 22 años que salgan de centros de protección de menores y personas sin hogar. También se contemplan excepciones como víctimas de violencia de género o situaciones de separación o divorcio en trámite.
Para acceder al Ingreso Mínimo Vital, es necesario demostrar una vulnerabilidad económica. Para ello, los ingresos no deben superar los 659 euros, para unidades de convivencia de un solo adulto y los 1.449 euros para dos adultos y tres o más menores. Es decir, la cuantía será 659 euros más 197 euros por cada miembro. En la siguiente tabla se puede consultar como serían las cuantías en función de la unidad de convivencia.
- Para un solo adulto: 659 euros mensuales o 7.906 euros anuales.
- Para un adulto y un menor: 856 euros mensuales o 10.278 euros anuales.
- Para un adulto y dos menores: 1.054 euros mensuales o 12.649 euros anuales.
- Para un adulto y tres menores: 1.252 euros mensuales o 15.021 euros anuales.
- Para un adulto y cuatro o más menores: 1.449 euros mensuales o 17.393 euros anuales.
- Para dos adultos: 856 euros mensuales o 10.278 euros anuales.
- Para dos adultos y un menor: 1.054 euros mensuales o 12.649 euros anuales.
- Para dos adultos y dos menores: 1.252 euros mensuales o 15.021 euros anuales.
- Para dos adultos y tres o más menores: 1.449 euros mensuales o 17.393 euros anuales.
- Para tres adultos: 1.054 euros mensuales o 12.649 euros anuales.
- Para tres adultos y un menor: 1.252 euros mensuales o 15.021 euros anuales.
- Para tres adultos y dos o más menores: 1.449 euros mensuales o 17.393 euros anuales.
- Para cuatro adultos: 1.252 euros mensuales o 15.021 euros anuales.
- Para cuatro adultos y un menor: 1.449 euros mensuales o 17.393 euros anuales.
Además, es necesario no superar un umbral de límite de patrimonio. Según explica la web de la Seguridad Social este no podrá superar los 20.353,62 euros para un adulto solo o los 52.919,41 euros para las unidades de dos adultos y tres menores o más.
Cuantías y duración
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación complementaria a los ingresos del solicitante. Es decir, que la Seguridad Social asigna una cuantía y la diferencia entre los ingresos del solicitante o unidad de convivencia y la cantidad asignada será la cuantía a cobrar. Las cuantías mensuales para este año 2025 serán las siguientes (se perciben en 12 pagas por lo que no tienen pagas extraordinarias):
- Un adulto: 658,59 euros mensuales.
- Un adulto y un menor: 733,85 euros mensuales.
- Un adulto y dos menores: 903,21 euros mensuales.
- Un adulto y tres menores: 1.251,33 euros mensuales.
- Un adulto y más de tres menores: 1.448,90 euros mensuales.
- Dos adultos: 856,17 euros mensuales.
- Dos adultos y un menor: 903,21 euros mensuales.
- Dos adultos y dos menores: 1.251,33 euros mensuales.
- Dos adultos y más de dos menores: 1.448,90 euros mensuales.
- Tres adultos: 903,21 euros mensuales.
- Tres adultos y un menor: 1.251,33 euros mensuales.
- Tres adultos y dos o más menores: 1.448,90 euros mensuales.
- Cuatro adultos: 1.251,33 euros mensuales.
- Cuatro adultos y un menor: 1.448,90 euros mensuales.
Así por ejemplo, si una familia de dos adultos y tres menores tiene derecho a un IMV de 1.448,90 euros mensuales y sus ingresos actuales suman 850 euros al mes (que procedan por ejemplo de un empleo a media jornada), recibirían 598,9 euros al mes en concepto de IMV para alcanzar esa renta mínima garantizada. En el caso de no tener ingresos, la cuantía que se percibirá será la de 1.448,90 euros mensuales.
Por último, cabe recordar que para mantener el Ingreso Mínimo Vital cada año es necesario presentar la declaración de la Renta (IRPF), ya que es obligatorio y en caso de no hacerlo puede conllevar a la suspensión de la prestación.
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