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El Ministerio de Trabajo ha llegado esta tarde a un acuerdo con los sindicatos, que no con la patronal, para subir el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2025 hasta los 1.184 euros en 14 pagas o 1.381,33 euros, si se reparte en 12 pagas (con las pagas extra prorrateadas). Esto equivale a una subida de 50 euros al mes y a tener en cuenta es que se aprobará con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025.
Pero ¿el SMI anunciado es bruto o neto? La respuesta es sencilla, el salario mínimo siempre se refiere a euros brutos, por lo que a la cuantía habría que quitarle las retenciones que correspondan. El salario anual bruto queda en 16.576 euros a jornada completa.
¿En cuánto se queda el salario neto?
Ahora, lo que realmente interesa a los trabajadores, es en cuánto se queda el salario neto. Es decir, el que llega a la cuenta a final de mes. La respuesta no es única y es que puede depender de la situación de cada trabajador. Además, hay una variable importante que todavía está en el aire: el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
A pesar del acuerdo, aún se desconoce si el SMI estará exento de tributación en el IRPF. Yolanda Díaz ha vuelto a insistir en que la postura de su ministerio es que debería estar exento, al igual que lo ha estado en los años anteriores; sin embargo, es una competencia del Ministerio de Hacienda. En los últimos años, siempre que el Ministerio de Trabajo ha acordado una subida del SMI, Hacienda ha ajustado el IRPF para elevar el mínimo exento a partir del cual se pagan impuestos.
Si hacienda decide que el SMI no está exento, según los cálculos del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), los beneficiarios tributarán en forma de retenciones el 42% del incremento.
Si queda exento el IRPF, ¿cuánto se iría en impuestos?
Aunque el salario mínimo quedará exento de IRPF, parte del salario bruto se destina a cubrir las cotizaciones a la Seguridad Social. Para este 2025 son las siguientes (a tener en cuenta las que abona el trabajador):
- Contingencias comunes: la empresa paga un 23,60% y el trabajador un 4,70%.
- Desempleo (contratos indefinidos): empresa un 5,50% y el trabajador un 1,55%.
- Desempleo (contratos temporales): empresa un 6,70% y el trabajador un 1,60%
- Fondo de Garantía Salarial (FOGASA): 0,20% de la empresa y un 0% del trabajador.
- Formación profesional: un 0,60% la empresa y un 0,10% el trabajador
- Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): empresa un 0,67% y el trabajador un 0,13%
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