Un divorcio con hijos menores de edad siempre lleva implícita una serie de obligaciones tributarias de cara a presentar el Impuesto de Rentas sobre las Personas Físicas (IRPF). Muchas personas desconocen ¿cómo tributa la pensión de alimentos en la declaración de la Renta? Hacienda ha explicado de quién depende esta materia.
La pensión de alimentos es una ayuda que recibe una de las partes cuando se produce una disparidad económica, es decir, cuando una de las partes queda perjudicada económicamente tras la ruptura matrimonial. Pero no hay que confundirla con la pensión compensatoria, el dinero de esta va directamente a la manutención de los hijos y no al excónyuge.
Al ser un dinero destinado a los hijos, que pretende cubrir todo lo imprescindible para su sustento, vestido y educación, hay que incluirla en el borrador de la Renta que se haga. Pero, ¿cómo tributa? Esta pensión originaria de una sentencia judicial debe diferenciarse a cada una de las partes para su tributación.
La persona que paga no puede deducirse lo pagado en concepto de pensión de alimento de la base imponible del IRPF. Sin embargo, puede gozar de un pequeño beneficio fiscal, ya que esas cantidades quedan sometidas a tributación de forma diferente que el resto de rendimientos de la base liquidable.
Al otro lado están los hijos que la reciben. Hacienda avisa que no tributa en la declaración de la Renta por la cantidad percibida. Esto significa que no se consideran rendimientos y, por tanto, están exentos en la declaración de los hijos.
Hacienda explica en qué casilla se declara la pensión de alimentos en la declaración de la Renta
Desde Hacienda explican que, por un lado, la persona que paga dicha pensión alimenticia no podrá deducirse el dinero, aunque podrá aplicar un tipo de gravamen más bajo por esa cuantía que, usualmente, es del 2%.
Al mismo tiempo, su la pensión es inferior a la base liquidable general, la escala de gravamen quedará aplicada por separado. Eso se traduce en un ahorro de las rentas más altas. Todos esos importes deben incluir en la casilla 471 del borrador.
Mientras tanto, el dinero de los hijos está libre de tributación cuando haya derivado de una sentencia judicial firme o un acuerdo de divorcio. En caso de no existir ningún documento legal, el dinero debe tributar en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, no en el IPRF.
En este sentido, la ley ahonda en que si la pensión alimenticia estuviese destinada a otros familiares, no a los hijos, sí que debe incluirse como un rendimiento de trabajo en la casilla 001.
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