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Cuánto se cobra estando de baja en 2025 y quién paga: cuantía máxima

La cuantía de la prestación por incapacidad depende del tipo de incapacidad, es decir, si es de origen profesional o común, y de la duración de la baja del trabajador.


Paciente solicitando la baja por incapacidad temporal
Paciente solicitando la baja por incapacidad temporal |Envato
Francisco Miralles
Fecha de actualización:

La incapacidad temporal, o baja laboral, es la situación en la que un trabajador, debido a una enfermedad o accidente, se encuentra incapacitado para trabajar. Durante este período, tiene derecho a percibir una prestación económica cuyo objetivo es paliar la falta de ingresos derivada de esta imposibilidad de trabajar. A pesar de ello, una de las preguntas más frecuentes al respecto es ¿Cuánto se cobra de baja y quién paga?

La cuantía que un trabajador percibe mientras está de baja médica depende de dos factores que son el origen de la contingencia y el tiempo transcurrido desde que empezó la incapacidad temporal. En cuenta al origen de la contingencia se refiere al motivo que dio lugar a la baja y que puede ser por enfermedades o accidentes laborales profesionales (que han ocurrido durante el trabajo o derivan de este) o las que no están relacionados con el trabajo.

Cuantía baja médica por contingencias comunes

En estos casos, la prestación por incapacidad temporal no se empieza a cobrar hasta el cuarto día. Es decir, durante los tres primeros días no se percibe ninguna cantidad. En cuanto a la cuantía, esta depende de la duración de la baja:

  • Desde el cuarto día hasta el día 20, se cobra el 60 % de la base reguladora.
  • A partir del día 21, se percibe el 75 % de la base reguladora.

La base reguladora es el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior al inicio de la baja por incapacidad entre el número de días a los que dicha cotización corresponde. Es decir, por norma general será a 30 días, pero si tiene un salario diario, este se hará por el número de día que tenga el mes, que puede ser 28,29,30 o 31.

Ahora, conviene revisar el convenio colectivo, ya que depende de este, es posible que las bajas por contingencias comunes se paguen desde el primer día, así como la posibilidad de cobrar el 100% y no entre el 60% y el 75%, como marca la normativa de la Seguridad Social.

La duración se es de 360 días, aunque se puede incrementar 180 días, en el caso de que exista la mejora del paciente. En el caso de no ser así, es posible que inicien o iniciar una solicitud para el reconocimiento de la incapacidad permanente.

Cuantía baja médica por contingencias profesionales

En los casos en los que la incapacidad derive de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional la baja se empezará a cobrar desde el primer día cobrando el 75% de la base reguladora.

En este caso, la base reguladora se calcula sumando la base de cotización por contingencias profesionales del mes anterior, excluyendo las horas extraordinarias, dividida entre el número de días a los que corresponda dicha cotización. En el caso de haber realizado horas extraordinarias durante el año anterior a la baja se deberá de dividir entre 365 (o entre los días de alta en la empresa si el trabajador lleva menos de un año), excluyendo el mes en el que se produjo la baja.

Quién paga la baja

El responsable del pago de la prestación depende del origen de la baja y el tiempo transcurrido. En el caso de que fuera por contingencias comunes, desde el día 4 qué es cuando se empieza a cobrar hasta el día 15, corresponde a la empresa abonarla mediante lo que se conoce como “pago delegado”, lo que significa que el empresario adelanta el dinero y luego este se lo descuenta de las cotizaciones que debe ingresar a la Seguridad Social. Ya a partir del día 16, la responsabilidad del pago recae en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o en la mutua colaboradora que tenga cubierta la contingencia, dependiendo del caso.

En los casos de contingencias profesionales será responsable del pago desde el primer día, el INSS o la mutua colaboradora con la Seguridad Social.

Cuantía máxima

La cuantía máxima de la prestación por incapacidad temporal está limitada por la base máxima de cotización establecida en el Régimen General de la Seguridad Social. Para el año 2025, esta base máxima se ha fijado en 4.909,50 euros mensuales.

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