El subsidio para mayores de 52 años es una de las ayudas por desempleo más beneficiosas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Esto es, porque además de cobrarse de manera indefinida hasta encontrar un empleo, este subsidio es el único que cotiza a la Seguridad Social para la futura pensión de jubilación. En concreto, cotiza por el 125% de la base mínima de vigente.
La base mínima de cotización es la cantidad mínima sobre la que un trabajador debe cotizar a la Seguridad Social en función de su categoría profesional y grupo de cotización. Esta base sirve para calcular las aportaciones que tanto el trabajador como la empresa deben hacer a la Seguridad Social para cubrir prestaciones como jubilación, desempleo o incapacidad temporal, entre otras.
En el caso del subsidio para mayores de 52 años, esta base de cotización servirá para calcular la base reguladora, que es el 100% de la pensión de la pensión a la que se tendrá derecho en función de los años cotizados. Es decir, cuando el beneficiario acceda a la jubilación, la pensión se calculará con base en las cotizaciones acumuladas a lo largo de su vida laboral, incluyendo las cotizaciones realizadas mientras cobraba el subsidio. Así, cuantas más cotizaciones y mayor sea la base reguladora, la cuantía de la pensión será mayor.
¿Cuánto se cotiza con el subsidio para mayores de 52 años?
El subsidio para mayores de 52 años cotiza por el 125% de la base mínima de cotización del Régimen General vigente en cada momento. En 2025, la base mínima es de 1.381,20 euros al mes, por lo que el subsidio de mayores de 52 años cotizará por el 125%, es decir, por una base de 1.726,5 euros al mes.
La base mínima de cotización va vinculada al salario mínimo interprofesional (SMI) incrementada en una sexta parte, tal y como establece el Real Decreto-ley 1/2025. Así y dado que el SMI ha subido hasta los 1.184 euros al mes, la base mínima de cotización será de 1.381,20 euros mensuales.
Cuánto se cobra y cuánto dura subsidio para mayores de 52 en 2025
La cuantía es el equivalente al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) que esté vigente, sin importar el tipo de contrato o jornada laboral anterior. Actualmente, esta cantidad asciende a 480 euros mensuales. La prestación se abona en 12 pagas anuales, por lo que no incluye pagas extraordinarias, al igual que el resto de ayudas gestionadas por el SEPE.
En cuanto a la duración, esta ayuda se extiende hasta que el beneficiario encuentra empleo o alcanza la edad ordinaria de jubilación requerida para acceder a la pensión contributiva del sistema de la Seguridad Social, que dependerá del total de años cotizados. Para seguir manteniendo este derecho, el SEPE exige presentar todos los años una declaración anual de rentas que acredite el cumplimiento del límite de ingresos establecido. Además, y como novedad, deberá presentar también la declaración de la Renta por IRPF.
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