La Seguridad Social explica cómo cotiza la mili para la pensión de jubilación

Dependiendo del tiempo que falte para alcanzar la edad legal de jubilación, cotizará como un año o menos para la pensión.

La Seguridad Social explica cómo cotiza la mili en la pensión de jubilación
Así cotiza la mili a la pensión de jubilación
Diego Fernández

Muchos son los trabajadores que han realizado el servicio militar obligatorio, más conocido como ‘la mili’. Y que ahora se preguntan cómo cotiza este periodo militar de cara a la obtención de la pensión de jubilación que ofrece el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Todo ello con el fin de poder acumular los años mínimos cotizados que se exigen para poder tener acceso a esta prestación contributiva. 

En relación a este servicio militar, se trata de un período de tiempo de un año, por lo que, ‘a priori’, debería de cotizar por la misma cantidad de tiempo. Aunque lo cierto es que no es así, sino que puede llegar a contar menos de cara a la Seguridad Social y, como límite, tiene un año de cotización para la pensión una vez se abandona la actividad profesional.

Además, haciendo referencia al tipo de pensión de jubilación a la que hace efecto la solicitud de que cuente el tiempo cotizado mientras se estaba realizando el servicio militar cabe destacar que no es una pensión ordinaria. Sino que, tal y como marca el propio Instituto Nacional de la Seguridad Social solo puede optar a este tiempo cotizado aquel trabajador que desee jubilarse de manera anticipada.

Cómo cotiza la mili en los trabajadores

A la hora de aclarar el tiempo exacto que la mili cotiza de cara a la obtención de la pensión de jubilación anticipada hay que recordar que no tiene un periodo de tiempo mínimo, pero sí máximo. Y es que el INSS recuerda que para aquellos trabajadores, ya sean autónomos o por cuenta ajena, que soliciten la cotización correspondiente al servicio militar obligatorio pueden contar con un período personalizado en función del trabajador.

Y es que, para aquellos profesionales que deseen jubilarse de manera anticipada pueden solicitar este periodo de cotización que dependerá únicamente del tiempo que reste para que el profesional alcance la edad mínima de jubilación anticipada. Es por ello que la Seguridad Social no establece un tiempo mínimo que cotiza, pero sí uno máximo de 1 año

Es por ello que, si un profesional necesita de 5 meses cotizados para alcanzar la edad con la se puede acceder a la jubilación anticipada, el INSS le dará únicamente esos 5 meses para que alcance la edad legal. Por lo que los 7 meses restantes del año límite de cotización se pierden debido a que no se cuentan por parte de la Seguridad Social.

¿Qué ocurre si falta más de 1 año para alcanzar la jubilación anticipada?

Si por el contrario al trabajador le falta más de 1 año de cotización para alcanzar la edad mínima de cotización para obtener la jubilación anticipada, esto es, tiene menos de 63 años. No puede solicitar la cotización correspondiente al año cotizado mientras estaba realizando la mili, por lo que deberá continuar trabajando hasta alcanzar, como mínimo, los 63 años especificados para así poder computar el año completo cotizado que le faltaría para llegar a los 64 años de edad. 

¿Cómo se pide la cotización de la mili?

Si un trabajador se encuentra con 63 años y desea solicitar el periodo de cotización que se entrega por haber realizado el servicio militar obligatorio tiene que seguir una serie de sencillos pasos para que éste se le conceda correctamente. Para poder coger dicho periodo de un año como máximo correspondiente a la mili, el trabajador debe acudir, primero, a la subdelegación del Ministerio de Defensa, donde se le entregará un documento que le certifique el tiempo que estuvo en la mili.

Pero no solo eso, sino que, una vez se obtenga este certificado de cotización por haber prestado el servicio militar, se deberá entregar a la Seguridad Social junto a los datos personales que se exigirán por parte de la administración y el DNI. Para ello será necesario solicitar una cita previa a la administración y, una vez se entreguen todos estos documentos al personal funcionario, se incluirán en la vida laboral del profesional, pudiendo así acceder a la pensión de jubilación anticipada.

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