La Ayuda Familiar es una prestación que puede llegar a durar 30 meses como tiempo máximo, pero ¿qué ocurre cuando esta se acaba? En este momento, el desempleado que tenga cargas familiares debe conocer puede solicitar una serie de subsidios, más concretamente 4, a los que los demandantes de empleo pueden tener derecho siempre y cuando se cumplan unos requisitos mínimos.
Estas prestaciones económicas se pueden solicitar a diferentes administraciones públicas, y es que, de las cuatro que hay, dos podrán solicitarse al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), una al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la última a los Servicios Sociales de las comunidades autónomas. Para poder acceder, cada uno de ellos contará con una serie de requisitos especiales, así como unos documentos únicos que deberán entregarse a la entidad correspondiente.
En relación a esta Ayuda Familiar, hay que destacar que se trata de una cuantía de 480 euros al mes que ofrece el SEPE a aquellas personas que hayan cotizado, como mínimo, 1 año a la Seguridad Social y, por lo tanto, tengan derecho a paro. Una vez haya agotado la prestación contributiva por desempleo y tengan cargas familiares como hijos menores o también hijos mayores de 26 años con discapacidad.
Prestaciones y subsidios tras la ayuda familiar
Aquellos demandantes de empleo que hayan agotado el tiempo total que les pertenecía de la prestación por Ayuda Familiar de 480 euros del SEPE pueden acceder a cuatro ayudas económicas distintas. Para poder solicitar una u otra, deberán cumplirse unas condiciones únicas y seguir unos pasos especiales en función del tipo de subsidio y la administración que sea la encargada, estos subsidios son:
Ingreso Mínimo Vital (IMV)
La primera de las prestaciones que está disponible para estos desempleados con cargas familiares es el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Se trata de una prestación que debe solicitarse al Instituto Nacional de la Seguridad Social y que tiene 13 cuantías distintas que están fijadas en función de la cantidad de miembros que formen la unidad de convivencia junto con el beneficiario.
En este caso en el que existen cargas familiares, estos desempleados pueden acceder a una prestación por el Ingreso Mínimo Vital que irá desde los 734,99 euros al mes hasta los 1,368 euros al mes. Todo ello en función de los hijos menores de edad que convivan con el beneficiario de este subsidio.
Para poder solicitar esta prestación, se pueden consultar todos los datos necesarios como los requisitos, los documentos y los pasos a dar en la completa guía sobre el Ingreso Mínimo Vital. Además, también se detalla qué cuantía económica le pertenece al solicitante en función del número de hijos menores a cargo que tenga.
Renta Activa de Inserción (RAI)
La segunda de las ayudas que están disponibles para este sector de la población desempleada es la Renta Activa de Inserción (RAI). Se trata de una prestación que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal y que tiene una cuantía fija de 480 euros al mes durante un tiempo máximo de 33 meses, aunque para ello será necesario prorrogar esta prestación 2 veces, cada vez que se alcancen los 11 meses.
Para poder acceder a este subsidio hay que cumplir una serie de requisitos, aunque estos dependen del contexto personal en el que se encuentre el desempleado. Si se desean conocer, así como los pasos que hay que dar para ser beneficiario del mismo, se puede ampliar información mediante la lectura de la guía sobre la Renta Activa de Inserción.
Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED)
En tercer lugar, se encuentra el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), una ayuda de 480 euros al mes que también ofrece el SEPE y que tiene una duración máxima de 6 meses sin posibilidad de aumentarlos. Este tipo de ayuda cuenta con diferentes requisitos, unos generales y, por otro lado, para aquellas personas que hayan agotado el cobro de un subsidio por desempleo.
Uno de estos últimos casos podría ser el del desempleado que agota el cobro de la prestación de Ayuda Familiar. Para poder conocer cuáles son las condiciones que debe cumplir y los pasos que debe dar para ser beneficiario del mismo, deberá visitar la guía sobre el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED).
Renta Mínima de Inserción
Por último, también se encuentra la Renta Mínima de Inserción. En este caso, es una ayuda que se debe solicitar a los Servicios Sociales de la comunidad autónoma. En este caso no hay una cuantía fija establecida, debido a que depende de cada Gobierno autonómico lo que va a destinar.
Si se desea solicitar este subsidio, se pueden conocer todos los requisitos y los pasos para solicitarla en cada comunidad en la guía sobre la Renta Mínima de Inserción por Comunidad Autónoma.
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