Kit Digital: los plazos que manejan los autónomos para solicitar y consumir la ayuda

El Gobierno de España extendió hace unas semanas el tiempo con el que los autónomos y las pymes tienen para solicitar el Kit Digital. Estos son los plazos para solicitar y hacer uso de la ayuda.

Kit digital autónomos
Los plazos que tienen los autónomos para hacer uso del Kit Digital tras su aprobación
Isabel Gómez

Muchos de los autónomos que solicitaron el Kit Digital, aún no han hecho empleo de esta ayuda del Gobierno de España, a través de red.es, por lo que dudan acerca de cuál es el margen que tienen para solicitar la ayuda. Sobre todo, después del anuncio de ampliar el plazo de solicitud hasta diciembre de 2024.

Por el momento, se han concedido más de 180.000 bonos del programa de digitalización destinado a los trabajadores autónomos y a las pequeñas y medianas empresas con hasta 50 empleados a cargo. Como apuntan desde Autónomos y Emprendedores, esto se ha traducido en un desembolso de 950 millones de euros procedentes de los Fondos Europeos Next Generation. 

Específicamente, la ayuda está destinada a que los negocios españoles apuesten por la digitalización y la modernización de los negocios. Los trabajadores por cuenta propia, las microempresas y las pequeñas tiene la oportunidad obtener un bono digital de 2.000, 6.000 y 12.000 euros, según su tamaño.

Los nervios entre todos ello es normal que aparecieran, ya que el pasado concluía el plazo de solicitud para aquellos con menos de 50 empleados en plantillas. Una vez pedida, a través de los agentes digitalizadores en el portal web de Acelera Pyme, los autónomos tienen unos plazos establecidos en las convocatorias para poner en contacto con sus agentes, firmar los acuerdos de prestación de servicios y hacer uso de la solución seleccionada. 

Cuáles son los plazos que tienen los autónomos para implementar las soluciones del Kit Digital

Una vez que la ayuda es otorgada y elegida la modalidad de solución digital que quiere implementarse en el negocio, la persona tiene que implementarlas. Tras la firma del acuerdo de colaboración, el agente digitalizador tienen un periodo de tres meses para la implantación. A continuación queda explicado cómo se hace esto en cada segmento.

Si el negocio tiene entre 10 y 50 empleados (segmento uno), el agente tiene tres meses para implantar la solución y emitir la factura. La empresa tiene la obligación de abonar la parte no subvencionable en esos tres meses.

Si el autónomo tiene entre cero y 9 empleados (segmento dos y tres), dicho agente está obligado a implantar la solución o soluciones en tres meses a contar desde la validación del acuerdo y también deberá emitir la factura en ese periodo. En esta ocasión, quien recibe la ayuda, cuenta con otros tres meses más para abonar la factura de la parte no subvencionable. 

Cabe destacar que el trabajador por cuenta propia tiene que pagar el IVA de la solución. El motivo es porque este impuesto no es subvencionable y no puede desgravarse. Así queda recogido en la Ley General de Subvenciones.

El primer pago al agente suele ser del 70% del coste total del servicio, una vez que haya justificado correctamente la primera fase de implantación. Si el agente correctamente, el pago se está realizando en un plazo de 60 días.

El segundo pago, es efectuado tras haber justificado correctamente que ha estado prestado el servicio durante 12 meses después de implantar la solución en el negocio del autónomo.

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