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Hacienda permite a los propietarios de estos animales deducirse gastos en la declaración de la Renta

Como norma general, la ley de IRPF no prevé deducciones fiscales por las mascotas, pero estos contribuyentes podrán deducir los gastos de sus animales.


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Personas con sus mascotas en el veterinario |Envato
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:

Tras la apertura de la campaña de la declaración de la Renta hace algunos días, son muchos los contribuyentes los que ya empiezan a rendir cuentas con Hacienda. De momento solo se puede presentar a través de internet, pero antes de aceptar el borrador conviene conocer las deducciones que se pueden aplicar, ya que estas pueden suponer un ahorro de impuestos considerable. En este caso, los dueños de animales tienen derecho a aplicar bonificaciones, pero solo en casos muy concretos. 

Aunque hay bonificaciones en el impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) que son aplicables a la mayoría de contribuyentes, hay otras más especificas, como algunas deducciones autonómicas por la cuota del gimnasio. En el caso de los animales no es una deducción general, sino que la Agencia Tributaria permite aplicarla, únicamente, a algunos contribuyentes, concretamente a los autónomos. 

Esto no significa que todos los autónomos puedan deducirse los gastos asociados a sus mascotas, para ello su actividad laboral debe estar relacionada con los animales, como pueden ser los ganaderos, empresas de vigilancia que tengan perros, guardianes, veterinarios, etc. 

Deducciones en la declaración de la Renta para los autónomos que trabajen con animales

Aunque la ley de IRPF no contempla deducciones específicas por las mascotas, como pueden ser los gastos veterinarios o el seguro para perros, los autónomos sí que podrán acceder a algunas bonificaciones fiscales cuando la actividad de su negocio este relacionada con dichos animales. 

De este modo podrán deducirse los gastos que estén directamente relacionados con el negocio y con dichos animales, como pueden ser por ejemplo los gastos veterinarios o el seguro de los mismos. 

Para ello, hay que tener en cuenta que es necesario acreditar que dicho gasto ha tenido lugar y que está relacionado con la actividad empresarial, para lo que debe existir una factura y además estar debidamente registrado en la contabilidad del autónomo.