La Dirección General de Tráfico (DGT) ha endurecido el control de conductores de vehículos desde la puesta en vigor de la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, y ha añadido acciones cotidianas que antes no conllevaban multa y ahora sí. Los ciudadanos son conscientes de las grandes infracciones como conducir bajo los efectos del alcohol, drogas, superando la velocidad máxima, saltarse un semáforo en rojo, etc. pero no lo son de otros actos tan habituales al volante que pueden costar dinero y la retirada de puntos del carnet de conducir.
DGT: las multas por estas acciones habituales al conducir
Estas acciones habituales por las que la DGT puede multar a los conductores no solo implican una sanción económica sino que también, en algunos casos puede conllevar la retirada de puntos del carnet. Para no llevarse sorpresas es conveniente conocer los casos en los que Tráfico puede sancionar y así, evitar las multas.
- Vestimenta: no se puede conducir descalzo o en chanclas, sin camiseta, en tacones ni con mucho abrigo en invierno que dificulte la movilidad de la persona que va al volante. Si lo haces y te pillan, la multa te costará 200 euros.
- Circulación: conducir por el carril izquierdo, en lugar de derecho cuando este último está libre conlleva multa de 200 euros.
- Música alta: si la música está muy alta y te encuentras cerca de una zona de descanso o un hospital, o simplemente es de noche, esta acción puede costarte entre 80 y 100 euros de sanción, depende las Ordenanzas Municipales.
- Distracciones habituales como besar al copiloto, morderse las uñas, discutir con otra persona puede multarse con 80 euros, pero si se realizan mientras el coche está moviendo, puede considerarse conducción temeraria y no solo tener sanción económica, sino que se retiran puntos del permiso de conducir.
- Semáforos en rojo: aprovechar estas paradas para terminar de ‘arreglarse’ puede suponer una multa de 100 euros, también se usa para comer algo. En el caso de que se esté comiendo mientras se conduce, la multa sube a 200 euros.
- Conducir con una mano o con el brazo por fuera de la ventanilla esta costumbre no está permitida y puede ser sancionada con 200 euros y no solo se aplica al conductor sino también a todos los pasajeros del vehículo.
- Aparcar en la arena sobre la playa puede significar una multa de hasta 6.000 euros si esta acción tiene lugar en un espacio considerado ‘protegido'.
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