Multa de hasta 500 euros y retirada definitiva del vehículo para quienes no se adapten a este requisito: el BOE fija el límite en enero de 2027

A partir de enero de 2027, Tráfico podrá imponer multas severas por circular con patinetes eléctricos sin homologar.

Guardia civil multando |Europa Press.
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De acuerdo al Real Decreto 52/2026, el cual regula el Registro de Vehículos Personales Ligeros, aquellos patinetes eléctricos que se adquirieron antes de que comenzaran las nuevas regulaciones en España, se enfrentarán a la ley por no adquirir la identificación necesaria para circular por las vías españolas.

Lo que dice el BOE

La clave para entender esta premisa se encuentra en la Disposición transitoria primera de este Real Decreto, que explica las regulaciones de aquellos vehículos de movilidad personal que no estén certificados. 

De acuerdo al documento, los vehículos que más se verán afectados serán aquellos patinetes comercializados antes del 22 de enero de 2024 y que carecen de certificado de circulación. Aunque ahora pueden seguir circulando gracias a una identificación, se trata de una medida temporal y provisional. 

Sin embargo, la norma estipula textualmente que dicha identificación “dejará de surtir efecto el 22 de enero de 2027, fecha a partir de la cual estos vehículos no podrán circular”. 

500 euros de multa si se incumple

Tan solo el intentar sacar el patinete no homologado a la vía pública a partir de esa fecha tendrá las mismas consecuencias que conducir cualquier otro vehículo a motor sin contar con los papeles en regla.

De acuerdo a lo que marca la Ley de Seguridad Vial, en el Real Decreto 6/2015, la policía podrá aplicar de forma muy estricta el régimen sancionador de las infracciones de tráfico. De acuerdo con el Artículo 77, en el párrafo 1 de la citada ley, se tipifica como infracción muy grave el hecho de "circular con un vehículo que carezca de la autorización administrativa correspondiente" o incumplir las condiciones que habilitan su circulación.

En cuanto al impacto económico, el Artículo 80 establece que las infracciones consideradas muy graves serán castigadas con una multa de 500 euros para el ciudadano.

¿Cómo evitar la sanción y la retirada del patinete?

La única vía legal para seguir utilizando este medio de transporte sostenible pasa por la homologación obligatoria. Para que un patinete sea legal a partir de 2027, debe contar con el correspondiente certificado técnico oficial otorgado por el fabricante que acredite el cumplimiento del manual de características de la DGT.

Para todos aquellos propietarios que necesiten verificar si su modelo puede adaptarse o deseen conocer los pasos administrativos necesarios para dar de alta correctamente el dispositivo, las autoridades recomiendan realizar el trámite e informarse directamente a través de la Sede Electrónica de la Dirección General de Tráfico (DGT) antes de que expire el plazo legal.

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