Muchos propietarios de vehículos en nuestro país cometen el error de cancelar el seguro de su coche o moto cuando deciden dejar de utilizarlo y guardarlo en un garaje privado. Sin embargo, la normativa actual señala que tener un vehículo ‘en reposo’ no exime de la obligación de estar asegurado.
Según la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, cualquier modelo con “estacionamiento habitual en España” debe mantener un contrato en vigor, bajo riesgo de enfrentarse a multas que pueden alcanzar los 3.005€ y al precinto del vehículo.
El marco legal, detallado en el artículo 3 de la citada ley, establece qu eel incumplimiento del deber de aseguramiento conlleva sanciones económicas y medidas cautelares. La autoridad puede ordenar el depósito o precinto del coche, cuyos costes de grúa y estancia en el depósito municipal correrán íntegramente a cargo del propietario. Inicialmente, el precinto dura un mes, pero en caso de reincidencia puede ampliarse hasta los tres meses.
Multas de hasta 3.005€
La cuantía de la sanción no es fija, sino que depende de varios factores recogidos en el texto legal:
- Sanción mínima (600€): Se suele aplicar a ciclomotores o vehículos que, aunque estén parados en un garaje, no tienen seguro.
- Sanción máxima (3.0005€): Reservada para los vehículos pesados como camiones o autobuses y solo en casos de circulación sin póliza o reincidencia grave.
Pero entonces…,¿a dónde va la multa? De acuerdo a la ley, el 50% del importe de estas sanciones se destina al Consorcio de Compensación de Seguros, el fondo que cubre los daños en accidentes donde el responsable no tiene seguro o se ha dado a la fuga.
2,6 millones de vehículos sin seguro
En España se calcula que existen más de 2,6 millones de vehículos que no tienen un seguro, cifra que representa tan solo el 8% del parque móvil total del país que suponen un grave problema de responsabilidad civil.
Pese a ello, le ley marca que si el coche tiene matrícula española y es un turismo, furgoneta o remolque pesado, debe estar asegurado, independiemente si se queda en la calle o en una propiedad privada.
“El incumplimiento del deber de suscripción del seguro conllevará la prohibición de circulación y el precinto del vehículo”, así lo dicta textualmente el artículo 3 de dicha ley.
La única excepción legal
Sin embargo, la DGT detalla de que solo existe una vía legal para dejar un coche sin seguro y que no podrá ser sancionado: tener la baja temporal o definitiva en el registro de vehículos. Es decir, que mientras el coche esté de alta, la obligación de pago persiste.
Cancelar la póliza por no usar el coche y sin tramitar la baja de forma oficial, se consideraría una falta grave y acarrearía la sanción correspondiente.