Los hijos suponen un gran gasto para las familias. Para facilitar su crianza, e impulsar la natalidad, existen distintas ayudas a nivel estatal que se pueden solicitar por tener menores a cargo (ya sea por nacimiento o adopción). Se trata de una batería de prestaciones y apoyos económicos dependientes de las administraciones públicas, como son la Seguridad Social, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o la Agencia Tributaria.
Antes de profundizar en las prestaciones ofrecidas por cada uno de los organismos citados, es necesario señalar otras ayudas públicas que pueden pedir las familias con hijos. En primer lugar, nos encontramos con el llamado cheque familiar: una deducción de 1.200 o 2.400 euros anuales en el IRPF para las familias numerosas, monoparentales con al menos dos hijos o aquellas personas con ascendientes o descendientes con discapacidad.
Existen dos formas de cobrarla: esperando a la declaración de la Renta para aplicar en dicho momento la deducción (así, por ejemplo, si se tienen que devolver 500 euros y la deducción es de 1.200 euros, recibirías 1.700 euros. O, si tienes que pagar 2.000 euros, solo tendrías que abonar 800 euros) o bien pidiendo un anticipo de la deducción a Hacienda para ir cobrándola mes a mes (si la deducción es de 1.200 euros, se recibirían 1.000 euros mensuales).
Al cheque familiar habría que sumar otras ayudas públicas como son las deducciones. Encontramos la deducción por guardería, por la que los beneficiarios se pueden deducir un máximo de 1.000 euros anuales hasta que el niño cumpla tres años, o las deducciones autonómicas, pues la mayoría de comunidades disponen de beneficios para desgravar el gasto de los libros, por el comedor, la escuela…
Por último, a nivel general, hay que señalar el permiso de lactancia que se recoge en el Estatuto de los Trabajadores. Pueden solicitarlo a la empresa ambos progenitores y permite ausentarse durante una hora en el trabajo de tres formas distintas: permiso retribuido de una hora al día o dos fracciones de media hora hasta que el bebé cumpla 9 meses; reducción de jornada de media hora hasta que cumpla 9 meses; o por el permiso de lactancia acumulada, que permite acumular dichas horas para convertirlas en días.
Ayudas por tener un hijo de la Seguridad Social
En lo que respecta a la Seguridad Social, estas son todas las ayudas que se pueden solicitar por tener hijos:
Prestación por nacimiento y cuidado del menor
También llamada “subsidio por nacimiento”. Es lo que, coloquialmente, se conoce como el permiso por maternidad o paternidad, que ya es la mismo para ambos progenitores. Actualmente está establecido en 16 semanas, aunque de aprobarse la nueva Ley de Familias que prepara el Gobierno podría ampliarse.
Durante este tiempo, se cobra el 100% de la base reguladora por incapacidad temporal y se disfruta tras el nacimiento de un hijo o por la acogida o guarda de un niño menor de 6 años durante un tiempo superior a un año. Para ello, se debe estar dado de alta en la Seguridad Social, estar al corriente del pago de las cuotas y tener cotizado el mínimo exigido según la edad que se tenga.
Ayuda por nacimiento o adopción para familias numerosas, monoparentales o padres con discapacidad
Se trata de una prestación económica por nacimiento o adopción de un hijo en familias numerosas, monoparentales o en las situaciones donde la madre o el padre posee una discapacidad igual o superior al 65%. Esta ayuda se abona en un pago único de 1.000 euros y, para recibirla, no se puede superar los límites de ingresos establecidos en cada caso.
Prestación económica por parto o adopción múltiples
Es una prestación para compensar el aumento de gastos que supone en las familias el nacimiento o adopción de dos o más hijos por parto o adopción múltiple. Se abona en un pago único de 4.000 euros si se tienen dos hijos (hay que multiplicar el Salario Mínimo Interprofesional por 4); de 8.000 euros, si se tienen tres (hay que multiplicar el SMI por 8); o de 12.000 euros, si se tienen 4 o más (hay que multiplicar el SMI por 12).
Ayuda familiar por hijo o menor acogido
Se trata de una prestación no contributiva que se concede por tener a cargo hijos o menores acogidos menores de 18 años o mayores afectados por una discapacidad igual o superior al 65%. La ayuda varía según la edad y el grado de discapacidad. Asimismo, hay que cumplir con unos límites máximos de ingresos para poder recibirla.
Ayudas del SEPE
Por su parte, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cuenta con las siguientes ayudas para los desempleados con hijos o menores a cargo:
Subsidio por desempleo por cargas familias
También se conoce como la ayuda familiar del SEPE. Pueden cobrar este subsidio, de 463 euros al mes actualmente, los desempleados con cargas familiares que carecen de rentas y han agotado la prestación por desempleo (paro) o no pueden cobrarla porque no llegan al mínimo de días cotizados. Se podrá percibir durante seis meses y, a partir del 1 de enero de 2023, subirá hasta los 480 euros mensuales, al igual que el resto de los subsidios.
Subsidio por insuficiencia de cotización
En este caso, pueden solicitar el subsidio por insuficiencia de cotización las personas que han perdido su empleo y tienen al menos tres meses cotizados (pedirían un mínimo de seis meses si no se tienen responsabilidades familiares). Dependiendo de los meses cotizados, se podrá recibir durante este tiempo determinado siempre que se tengan cargas familiares (de lo contrario, varía):
- Con 3, 4 o 5 meses cotizados: se podrá cobrar durante 3, 4 o 5 meses respectivamente.
- Con entre 6 y 12 meses cotizados: se podrá cobrar durante 21 meses de duración, teniendo que solicitar la prórroga cada seis meses.
La cuantía también es de 463 euros al mes en 2022 y de 480 euros mensuales en 2023.
Ayudas por nivel de renta
En referencia al nivel de rentas, encontramos el complemento a la infancia que pueden solicitar los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Es un plus que las familias con rentas bajas y menores de edad en su unidad de convivencia pueden cobrar junto a la prestación de la Seguridad Social.
La cuantía que se cobra depende de la edad de los menores presentes en la misma: por cada menor de 3 años, se abonarán 100 euros; por cada menor de tres años y menor de seis años, se abonarán 70 euros; y por cada mayor de seis años y menor de 18 años, se abonarán 50 euros. Se reconoce de oficio y, para recibirlo, no se pueden superar los límites de ingresos, que varían dependiendo de la unidad familiar.
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