La Inspección de Trabajo multa con miles de euros a un bar que tenía a una camarera trabajando mientras cobraba el paro: no estaba de alta en la Seguridad Social

El Tribunal Supremo ha rebajado la multa de 10.001 euros impuesta por la Inspección de Trabajo, que consideró los hechos como “muy graves”.

La Inspección de Trabajo multa con miles de euros a un bar que tenía a una camarera trabajando mientras cobraba el paro: no estaba de alta en la Seguridad Social |Europa press
Fecha de actualización:

El Tribunal Supremo (TS) ha respaldado en su sentencia STS 1189/2025 la rebaja de la multa impuesta por la Inspección de Trabajo a un bar de Zaragoza que tenía trabajando a una camarera antes de darla de alta en la Seguridad Social. La mujer estaba cobrando la prestación contributiva por desempleo (el paro) del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). 

La Sala de lo Social ha concluido que la conducta de la empresa era una infracción grave, aunque no muy grave como consideró el organismo dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social. El motivo es que el trabajo a jornada parcial es compatible con el cobro del paro

La sentencia fue dictada en el mes de marzo de 2025 y desestima el recurso que presentó la Abogacía del Estado, confirmando el fallo previo del TSJ de Aragón, que ya había reducido la sanción inicial, que era de 10.001 euros.

La camarera estaba uniformada y atendiendo a los clientes

Los hechos sucedieron en el mes de febrero de 2018 cuando la Inspección de Trabajo acudió a visitar un local de hostelería en Zaragoza. Durante la inspección, los funcionarios encontraron a una mujer que estaba trabajando detrás de la barra, con el uniforme puesto y sirviendo consumiciones junto a otros empleados.

Cuando se identificaron como inspectores de trabajo, la mujer abandonó el local antes de darles la documentación. Luego, el propietario del establecimiento explicó que esta había acudido a realizar una entrevista, buscando un empleo y que si se puso a trabajar fue “por una confusión” del que estaba encargado.

Pero la trabajadora, al ser preguntada, dijo que había pactado que su incorporación sería ese mismo día. Algunos datos recabados por la Inspección de Trabajo fueron que la camarera estaba cobrando el paro, que la empresa no la dio de alta hasta el día siguiente y que el contrato que se realizó fue como ayudante de camarero a tiempo parcial.

La trabajadora tuvo que devolver la prestación por desempleo

La Inspección calificó lo que había pasado como “muy grave” y propuso una multa de 10.001 euros a la empresa. La trabajadora tuvo que devolver 160,26 euros cobrados indebidamente del SEPE en febrero de 2018. 

Luego, el TSJ de Aragón redujo esta sanción a 4.000 euros, entendiendo que la infracción era “grave”, un criterio que ha respaldado el Supremo. La clave de este fallo se encuentra en la compatibilidad entre el trabajo y la prestación por desempleo.

El Supremo recuerda en la sentencia que la ley permite que se compatibilice el cobro del paro con un empleo por cuenta ajena a tiempo parcial, descontando la parte proporcional de la prestación. 

Por eso, aunque la empresa haya incumplido su obligación de dar de alta en la Seguridad Social a la trabajadora, los magistrados afirman que no puede aplicarse el tipo sancionador más grave previsto para los casos en que el trabajador cobre una prestación incompatible con el empleo.

“No basta que el trabajador sea perceptor de prestaciones de la Seguridad Social”

Aunque el paro no lo paga la Seguridad Social, sino el SEPE, la sentencia usa una expresión legal amplia porque cita de manera literal la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) así como la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) que incluyen en ese marco protector las prestaciones por desempleo.

El tribunal diferencia, de este modo, la infracción general que se cometió por contratar sin alta (grave) y los supuestos agravantes en los que el trabajador cobra prestaciones incompatibles con el empleo (muy grave).

El Supremo ha confirmado definitivamente la rebaja de la multa a 4.000 euros y declara firme la sentencia. 

Otras noticias interesantes

Lo más leído

Últimas noticias