Con la llegada del buen tiempo, muchos trabajadores ya están haciendo cuentas para sus vacaciones, contando con esa suma de dinero a su bolsillo que supone la paga extraordinaria. Sin embargo, debido al encarecimiento de la vida y la inestabilidad energética global, derivada de conflictos como el del estrecho de Ormuz, es fundamental revisar la nómina. Según el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores, recibir un ingreso extra en verano no es un derecho automático para todos.
Lo que dice el Estatuto de los Trabajadores
El texto legal es muy claro respecto a la temporalidad de los pagos. El artículo 31 establece textualmente que “el trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores”.
Esto significa que, mientras la paga de diciembre está blindada por ley para esas fechas, la segunda gratificación puede moverse en el calendario según lo que dicte cada convenio colectivo.
Las razones por las que podrías no cobrar “extra” en verano
Existen dos escenarios legales perfectamente válidos por los que un empleado no recibe un ingreso doble en los meses estivales:
- El prorrateo mensual: Es la causa más frecuente. La ley permite que las dos pagas extras se repartan entre las 12 mensualidades del año. En este caso, el trabajador percibe una parte proporcional de esas pagas cada mes. Aunque el salario mensual es ligeramente superior, en verano no hay ingreso adicional porque la paga ya se ha ido recibiendo "a plazos" desde enero.
- Fijación de otra fecha por convenio: La empresa puede pactar que esa segunda paga se abone en meses distintos a julio o agosto. No es raro encontrar convenios que fijan la paga extra en marzo (como participación en beneficios) o en octubre. Si tu convenio dice marzo, no tienes derecho legal a exigirla en verano.
Al igual que la fecha, el importe de estas gratificaciones también se fija por convenio colectivo, aunque en ningún caso puede ser inferior a 30 días del salario base. Por eso se suele decir que, cuando se cobra la extra, se recibe el ‘doble’ de sueldo.
Una cuestión de psicología financiera
Muchas empresas españolas mantienen la tradición de pagar en junio o julio para ayudar a sus empleados con los gastos de los viajes estivales. No obstante, cada vez es más común el prorrateo, una opción que, aunque incrementa el sueldo mes a mes, suele generar menos satisfacción psicológica que el hecho de ver cómo el saldo de la cuenta corriente se duplica de golpe justo antes de las vacaciones.
Si tienes dudas sobre si recibirás ese dinero extra este mes, consulta tu convenio colectivo o revisa tu nómina. Si en el apartado de devengos aparece el concepto ‘Prorrateo pagas extras’, significa que ya la estás cobrando poco a poco y no recibirás un ingreso especial este verano.