Las empresas no pueden obligar a los trabajadores a pagar los descuadres de caja si no se les abona un plus específico para ello. Así lo ha recordado el Tribunal Supremo, en una sentencia donde ha declarado nulo el procedimiento interno de Logirail, filial del Grupo Renfe, que obligaba a sus trabajadores de taquillas a abonar de su bolsillo los descuadres de caja en un plazo máximo de 48 horas.
El Alto Tribunal establece que el descuadre debe ser asumido por la empresa y no por el trabajador, ya que estos empleados no perciben un “plus de quebranto de moneda” específico destinado a cubrir este tipo de incidencias y no se les puede trasladar el riesgo del negocio.
Este conflicto comenzó a raíz de una demanda presentada por los sindicatos Alternativa Ferroviaria y Sindicato Ferroviario-Intersindical, a la que se adhirió CCOO. En esta, pedían anular el ‘Procedimiento para Estaciones de Cercanías y Rodalies de Renfe’ creado por Logirail, que establecía que, si al finalizar el turno de un trabajador del Servicio de Atención al Cliente (venta de billetes en taquillas), se producía un descuadre o faltaba dinero en la caja, este debía abonarlo de su bolsillo en un plazo máximo de 48 horas. De no hacerlo, iniciaban un procedimiento sancionador.
La ‘defensa’ de la empresa
Los sindicatos defendían que, ante un descuadre de caja, el riesgo económico tenía que ser asumido por la empresa y no por el trabajador. La compañía, tras perder en la Audiencia Nacional, elevó el caso al Tribunal Supremo, defendiendo que a estos trabajadores ya se les estaba pagando un concepto por este riesgo, que estaba incluido dentro del complemento salarial ‘Complemento Handling’. Por tanto, entendían que era lícito exigirles que asumieran ellos los descuadres.
El Supremo confirma que los descuadres de caja no deben asumirlos los trabajadores salvo que reciban un plus
En el Derecho del Trabajo, explicó el Tribunal Supremo, hay una regla básica que es el principio de ajenidad (artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores), por la que el trabajador no asume los riesgos del negocio. Por regla general, los trabajadores no deben abonar el dinero que falta en la caja a menos que haya habido dolo (intención) o culpa. El descuadre de caja por errores previsibles es un riesgo empresarial que recae sobre el empleador.
La única forma legal por la que un empresario puede trasladar este riesgo al trabajador es pagándole un extra específico para ello, conocido como “plus de quebranto de moneda”, que le compensa por el dinero que previsiblemente le va a faltar.
Para el Alto Tribunal, el ‘Complemento Handling’ no cubre el riesgo de caja, señalando que el mismo tiene una naturaleza “ad personam” (dirigido a la persona) y se creó específicamente para garantizar que los trabajadores que fueron subrogados de otras empresas no perdieran poder adquisitivo al pasar a Logirail. No tiene nada que ver con compensar riesgos de manejo de dinero.
Así, como Logirail no abonaba un plus de quebranto de moneda a sus trabajadores, el Supremo determinó que no les podía exigir que abonasen de su bolsillo las cantidades del descuadre, ya que eso supondría un traslado ilegal del riesgo empresarial al trabajador. En consecuencia, desestimó el recurso y confirmó la nulidad de esta práctica empresarial.