La Audiencia Nacional ha dado la razón a Shakira en su último litigio fiscal en España y ha anulado las liquidaciones y sanciones que la Agencia Tributaria le impuso por el ejercicio de 2011. La resolución obliga ahora a Hacienda a devolver a la cantante más de 60 millones de euros, incluyendo intereses y costas, según el equipo legal de la artista.
Según la información recogida por EFE, la sentencia, recurrible ante el Tribunal Supremo, estima el recurso presentado por Shakira contra las decisiones de la Agencia Tributaria y del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) relacionadas con el IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio de 2011.
El principal argumento de la Audiencia Nacional es que la Administración no logró demostrar que la artista permaneciera en España más de 183 días durante ese año, requisito que marca la legislación para considerar a una persona residente fiscal en el país.
La Audiencia concluye que Shakira no residía en España en 2011
La sección cuarta de lo Contencioso de la Audiencia Nacional concluye que “no ha quedado acreditado” que Shakira tuviera su domicilio fiscal en España durante 2011.
Según la resolución, la estancia de la cantante en territorio español fue de 163 días y no superior a los 183 exigidos legalmente. Además, el tribunal considera que Hacienda tampoco pudo demostrar que la artista tuviera en España el núcleo principal de sus intereses económicos o familiares.
La sentencia analiza también la relación sentimental que Shakira mantenía entonces con Gerard Piqué, aunque aclara que en 2011 no existía “vínculo conyugal” ni “hijos menores” residentes en España, por lo que “no existía un núcleo familiar a efectos legales de una persona extranjera”.
El tribunal también resta importancia al debate sobre la residencia de la cantante en Bahamas y señala que si el país era considerado o no paraíso fiscal resulta “irrelevante”, ya que la artista acreditó haber permanecido más de 183 días fuera de España.
Por ello, la Audiencia considera que “las liquidaciones” y las sanciones impuestas “son contrarias a Derecho”.
Hacienda recurrirá la sentencia
Tras conocerse la resolución, el entorno legal de Shakira celebró el fallo. “Nunca hubo fraude, y la propia Administración nunca pudo demostrar lo contrario, sencillamente, porque no era cierto”, afirmó la cantante en unas declaraciones remitidas por su despacho de abogados, Prada Tax Advisor.
La artista también expresó su deseo de que la sentencia “siente un precedente para Hacienda” y lamentó el “señalamiento público” sufrido durante estos años.
Por su parte, su abogado, José Luis Prada, criticó el “modus operandi” de la Agencia Tributaria, al considerar que “asfixia a muchos contribuyentes anónimos que no disponen de los recursos para defenderse”.
Pese al revés judicial, fuentes de la Agencia Tributaria han confirmado que recurrirán la sentencia ante el Tribunal Supremo.
Ocho años de litigios fiscales en España
La resolución pone fin a la última gran disputa pendiente entre Shakira y Hacienda en España tras varios años de conflictos judiciales y administrativos.
Hace apenas unos días, un juzgado de Barcelona archivó la segunda causa penal abierta contra la cantante por un supuesto fraude fiscal de 6,6 millones de euros correspondiente a 2018, después de que tanto la Fiscalía como las demás acusaciones solicitaran el archivo.
Además, en 2024 la artista aceptó el pago de una multa de 7,8 millones de euros tras reconocer un fraude fiscal de 14,5 millones entre 2012 y 2014, en virtud de un acuerdo que evitó la celebración de un juicio y una posible condena de prisión.
Gestha rebaja la devolución a Shakira y niega que la sentencia siente un precedente contra Hacienda
Por su parte los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) han rebajado la cantidad que la Agencia Tributaria debería devolver a Shakira tras la sentencia de la Audiencia Nacional y sitúan la cifra en 27,4 millones de euros, más intereses legales, lejos de los más de 60 millones calculados por el entorno de la cantante.
La organización ha explicado que la resolución judicial analiza exclusivamente la situación fiscal de la artista en 2011 y no afecta a los ejercicios comprendidos entre 2012 y 2014, años por los que Shakira fue condenada por delitos fiscales relacionados con el IRPF.
Además, Gestha coincide con la Agencia Tributaria en estudiar la sentencia antes de decidir si presenta recurso ante el Tribunal Supremo, especialmente en lo relativo a los hechos considerados probados sobre el núcleo principal de los intereses económicos de la cantante en 2011.
Los técnicos de Hacienda también rechazan que el fallo suponga un precedente negativo para la Administración tributaria. “Este fallo no sienta un precedente” para Hacienda, sostienen, al considerar que la sentencia analiza “una situación singular de residencia en 2011”.
En la misma línea, Gestha subraya que la Audiencia Nacional no aprecia mala fe en la actuación de la Agencia Tributaria y recuerda que la condena en costas deriva de la aplicación ordinaria de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa al estimarse el recurso presentado por la artista.
Por último, la organización ha rechazado las críticas incluidas en el comunicado difundido por el equipo de Shakira, en el que se denunciaba que muchos ciudadanos son “abusados y aplastados por un sistema que presume su culpabilidad y los obliga a demostrar su inocencia”.
Frente a ello, Gestha defiende que la normativa tributaria española “es de las más garantistas” del entorno europeo y recuerda que corresponde a la Administración demostrar la culpabilidad del contribuyente.