Muchos de los problemas que se dan entre las familias cuando se reparte una herencia son porque el fallecido, antes de morir, hizo algún cambio en el testamento, y algunos herederos consideran que no es válido, por ejemplo, porque padecía la enfermedad de Alzhéimer. Pero, que una persona tenga Alzhéimer no significa automáticamente que no pueda hacer o modificar su testamento. Para determinar si es válido, habrá que analizar si comprendía qué estaba haciendo y las consecuencias de la distribución de sus bienes en el momento concreto en el que lo otorgó.
Así lo explica la abogada experta en herencias Laura Lobo en un vídeo publicado en sus redes sociales. Ante la pregunta “Mi madre tiene Alzhéimer y acaba de cambiar el testamento. ¿Es nulo?”, responde que “un diagnóstico no determina la nulidad de un testamento”.
En este sentido, el Código Civil establece en su artículo 663 que no podrán hacer un testamento las personas que en el momento de otorgarlo no pueden formar o expresar su voluntad ni siquiera con apoyos. Por otro lado, según el artículo 666, señala que esta capacidad únicamente deberá valorarse en el momento en que se va a firmar dicho documento.
El Alzhéimer no invalida por sí solo el testamento
Para Lobo, la pregunta que debe hacerse es si la persona “en el momento de otorgar testamento tenía la capacidad para entender qué es lo que estaba haciendo y cómo disponía de sus bienes”.
Esto implica que, aunque la enfermedad esté diagnosticada, el testamento puede ser válido si la persona, en el momento de la firma, entendía que estaba firmando, qué implicaba y era capaz de expresar cuál era su voluntad. En el caso de los testamentos notariales, será el propio notario quien valore si esa persona tiene capacidad de entender y manifestar el alcance de lo dispuesto.
En esta línea, el artículo 665 del Código Civil permite que una persona con discapacidad otorgue testamento cuando, a juicio del notario, pueda comprender y expresar sus decisiones. Para ello, deberán facilitarse los apoyos o ajustes que necesite.
Las pruebas necesarias para impugnarlo
En el caso de que se quiera impugnar el testamento hecho por esta persona, habría que determinar si el mismo es válido o no tras el fallecimiento. Si uno de los herederos lo considera que no lo es, tendría que poder demostrar que el fallecido, en el momento de la firma, no tenía la capacidad suficiente para hacerlo.
Según explica Lobo, será necesario aportar “todas las pruebas que permitan justificar que esa persona no tenía capacidad suficiente para hacer testamento”, como informes médicos, su estado en aquellas fechas y otras pruebas relacionadas con su comportamiento y situación.
Por eso, la abogada advierte de la importancia de recopilar documentación con antelación. Esperar hasta el momento de presentar la demanda puede dificultar la impugnación, ya que será necesario reconstruir cuál era el estado real de la persona en la fecha exacta en la que cambió el testamento.