Un vigilante de seguridad de 49 años pierde la incapacidad permanente absoluta por decir que se encontraba “contento y estable” de su trastorno psiquiátrico

El trabajador pedía que se le mantuviera el grado de incapacidad, pero el tribunal considera que su evolución le permite ahora realizar otras actividades.

Hombre aleatorio serio |Envato
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha decidido rebajar el grado de incapacidad permanente absoluta a un vigilante de seguridad y escolta por decirle a su psiquiatra que se encontraba “contento y estable”, considerándolo una evolución médica y dando así la razón a la Seguridad Social. De esta forma pasará de cobrar el 100% al 55% de la pensión, cuya base reguladora está fijada en los 1.396,06 euros mensuales.

La sentencia (disponible en este enlace del poder judicial) explica que a este trabajador le había reconocido la incapacidad permanente absoluta (la que inhabilita para cualquier tipo de trabajo) en abril de 2021, ya que padecía “síndrome ansioso con autoreferencialidad del medio”, epilepsia con episodios de desconexión y un trastorno por dependencia a sustancias estupefacientes, el cual estaba agravado por el consumo de alcohol.

Al año siguiente de reconocerle la incapacidad, la Seguridad Social inició un proceso para revisarle la pensión y, tras un nuevo examen médico, el tribunal evaluador (SGAM) decidió rebajarle el grado a una incapacidad permanente total, por lo que pasaría de cobrar el 100% al 55% de su base reguladora. El dictamen señala que el beneficiario presentaba una “evidente mejoría lo que supone una recuperación de sus facultades generales y la posibilidad de realizar actividades laborales rentables”.

De hecho, si miramos la sentencia, la misma explica que al hablar con el psiquiatra, este detalló que se encontraba “contento, duerme bien” al hablar de sus rutinas, y que tras varias visitas sigue “estable”.

Por eso se estableció que, debido a su historial clínico, el mismo presentaba limitaciones para actividades de riesgo, pero podría hacer otras actividades compatibles, considerándolo así que era “apto para otras labores”.

El informe de su propio psiquiatra, clave para perder el grado absoluto

El trabajador, no conforme, decidió acudir a los tribunales, donde ni el Juzgado de lo Social nº 27 de Barcelona ni posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña le dieron la razón, por lo que consideraron que era correcta la rebaja del grado.

Lo que hizo que el tribunal diera la razón a la Seguridad Social fue el informe de su propio psiquiatra. En el mismo, el médico explicaba que, gracias a la nueva medicación que empezó a tomar en 2023, el hombre había dejado de consumir estas sustancias nocivas y que, por ende, notaba una “importante mejoría”.

El documento señalaba que el trabajador afrontaba ahora el estrés “con calma y serenidad”, además de que llevaba una vida más normal, pues “va al supermercado, va al banco, hace gestiones, sale con los perros a la montaña, contento, duerme bien”.

El trabajador alegó que todavía seguía padeciendo un trastorno de la personalidad paranoide y psicótico, pero el TSJ lo rechaza y explica que la incapacidad permanente absoluta exige una inhabilitación completa para toda profesión. Por tanto, este trabajador seguirá cobrando la incapacidad, pero solo el 55% de su base reguladora, y a cambio podrá realizar actividades laborales compatibles con sus actuales limitaciones.

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