El Gobierno de Aragón tiene en marcha una prestación económica que se puede pedir de forma periódica para apoyar a los hogares y evitar que los menores tengan que abandonar su entorno familiar por falta de recursos. Y es que llegar a fin de mes supone un verdadero reto para muchas familias, por lo que esta medida busca garantizar que ningún menor sufra la precariedad económica de su familia y al menos tenga una base de sustento. La ayuda puede alcanzar los 7.200 euros, pudiendo variar la cuantía dependiendo de varios factores y requisitos que habrá que cumplir.
Tal y como se puede comprobar visitando el portal web del Gobierno de Aragón en el apartado de trámites, de trata de la ‘Ayuda de apoyo a la integración familiar’, y según aclaran se trata de unas "prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales de carácter esencial y carácter periódico que tienen por objeto el mantenimiento de la unidad de convivencia con menores de edad a cargo, evitando el internamiento de estos en centros especializados o la adopción de medidas externas de protección y vinculadas a un programa familiar de atención social".
Cuál es la cuantía exacta de la ayuda para familias con hijos
La cuantía base que la Administración ha fijado se sitúa en 110 euros mensuales por el primer menor, incrementándose en 46 euros más por cada uno de los siguientes. Para calcular los ingresos familiares y ver si de puede ser beneficirio, la norma detalla que la estimación de los rendimientos del trabajo se realiza "deduciendo de los ingresos brutos el importe a que asciendan las cotizaciones satisfechas a la Seguridad Social". Si la persona trabaja por cuenta propia, entonces se le aplica una deducción directa de un 35% considerado como gasto necesario de la actividad.
El límite máximo a cobrar no puede ser en ningún caso mayor que el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, hasta 7.200 euros en 12 pagas. Por otro lado, esta ayuda se concede por un tiempo "no superior a dos años", aunque se puede prorrogar por periodos similares si la situación lo requiere de acuerdo con la evaluación de los servicios sociales y el programa de atención.
Qué requisitos y condiciones económicas exigen
Para solicitarla el decreto autonómico exige "ser mayor de edad o menor emancipado con al menos un menor a su cargo". Además, hay que estar empadronado en la comunidad, tanto en cuanto el propio texto oficial obliga a "acreditar el empadronamiento en un municipio de Aragón con residencia efectiva".
Lo más importante a la hora de pedir esta ayuda es comprobar los niveles de ingresos familiares, no pudiendo superar dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples en cómputo anual (que son unos 14.400 euros). En el caso de formar parte de de colectivos especiales como familias numerosas, víctimas de violencia de género, o si se ha sufrido un desahucio, o si algún miembro tiene una discapacidad igual o superior al 33%, el Gobierno no pedirá el mismo nivel de ingresos. En estos casos, la norma dice que "el referido nivel de ingresos podrá elevarse hasta 2,5 veces el indicador anterior".
Además el decreto recoge una excepción muy relevante, ya que "excepcionalmente, en el caso de que la unidad de convivencia supere los umbrales económicos, podrá concederse la prestación siempre que el profesional de referencia lo estime imprescindible para garantizar el arraigo convivencial del menor a cargo".
Cómo solicitar esta ayuda y qué obligaciones se adquieren
Esta ayuda se presenta en los Servicios Sociales Municipales o Servicio Social de Base de la localidad correspondiente. No hay plazo máximo para solicitar esta ayuda, por lo que solo habrá que entregar la documentación mínima que es una certificado de empadronamiento actualizado de la unidad familiar y la fotocopia completa del libro de familia.
Una vez que entregas todo, el plazo que marca la administración para dar una respuesta es de "tres meses a contar desde la fecha de inscripción en el registro". Si pasa ese tiempo sin respuesta, la solicitud se entiende desestimada.
Eso sí, para mantener la ayuda, hay que cumplir con una serie de compromisos, y es que se exige "escolarizar y poner los medios para garantizar la asistencia efectiva de las personas menores de edad que se encuentren a su cargo". De igual forma, hay que "comunicar al Centro de Servicios Sociales, en el plazo máximo de quince días desde que se produzcan, las circunstancias sobrevenidas de carácter económico o familiar" que puedan modificar o extinguir la prestación. Por último, resulta indispensable "suscribir un programa de atención social y cumplir sus condiciones" para asegurar el bienestar continuo de los menores en la vivienda.