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Hay vecinos con deudas a la comunidad: se pueden publicar sus datos en el tablón pero sólo en este caso

La Ley de Propiedad Horizontal permite publicar un listado con el nombre de los residentes que deben cuotas pero debe cumplirse un punto indispensable.

Viviendas en una urbanización
Hay vecinos con deudas a la comunidad: se pueden publicar sus datos en el tablón pero sólo en este caso |Envato
Berta F. Quintanilla
Fecha de actualización:
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Vivir en una comunidad de vecinos tiene muchas ventajas, como el acceso a zonas comunes o a la piscina en verano, pero también algunos inconvenientes. Uno de los que más problemas plantea sobre todo durante las juntas de comunidad (vecinales) es el hecho de que haya algunos propietarios que no estén al corriente del pago de las cuotas. Esto les convierte en morosos y hace que el presidente tenga que reclamarlas y en algunos casos, ese dinero debe ser asumido por el resto de residentes

Estos impagos pueden ser, como explica el portal especializado Idealista, puntuales o crónicos. En el primer caso, el vecino deja de pagar porque le ha surgido algún gasto imprevisto, pero luego salda la deuda. En el segundo, ni pagó, ni va a hacerlo y acumula cuotas que luego se convierten en un gran montante de dinero que pertenece a la comunidad. En estos casos, tanto en uno como en otro, es el vecino moroso quien debe hacerse cargo de abonar todo lo que debe. 

Lo ideal es conseguir un acuerdo pero esto no es posible en muchos casos y entonces algunos propietarios pueden sentir la tentación de colgar una lista con los nombres de los que deben dinero (cuotas) a la comunidad. Pero, ¿es legal? Y es que hay muchos factores a tener en cuenta, entre ellos la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) que se puede leer completa en este BOE (Boletín Oficial del Estado).

Publicar una lista con el nombre de los vecinos morosos: ¿es legal?

Las comunidades de propietarios deben reunirse de manera ordinaria una vez al año, como mínimo. Luego, si se considera que hace falta tener más encuentros, se puede modificar el calendario. En la convocatoria de la reunión, el presidente o administrador debe enviar la información de las cuentas de la comunidad. Y aquí sí aparece el nombre de los vecinos que deben dinero.

Esto es importante porque como marca la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) en su artículo 16.2: “La convocatoria contendrá una relación de los propietarios que no estén al corriente del pago de las deudas vencidas a la comunidad y advertirá de la privación del derecho de voto si se dan los supuestos previstos”.

Esto quiere decir que los vecinos tienen derecho a saber quiénes deben dinero pero publicar un listado con el nombre de los deudores en espacios comunes como el portal o el ascensor, por ejemplo, no está permitido ya que infringe la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal. 

El requisito que debe cumplir el moroso para poder aparecer en un listado público

Como norma general, dar a conocer el nombre del vecino moroso de forma pública puede acarrear sanciones bastante importantes (miles de euros) pero hay algunos casos en los que sí puede hacerse. Estos aparecen en el artículo 11 de la mencionada LPH. Aquí se explica que la comunicación de datos con carácter personal a un tercero (al resto de la comunidad) se podrá hacer siempre y cuando lo autorice la ley.

En el artículo 9.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, se apunta a que la junta de propietarios debe comunicarse “mediante cualquier forma que permita que haya constancia de la recepción” y esta notificación se hace generalmente en el domicilio del vecino afectado. Pero hay casos en los que no es posible y entonces:

“Se podrá realizar mediante la colocación de la comunicación correspondiente en el tablón de anuncios de la comunidad, o en un lugar visible de uso general habilitado a este efecto que tendrá efectos jurídicos en el plazo de 3 días naturales”. Y aquí sí pueden estar los datos de los morosos. 

Como obligación, este texto tiene que ir acompañado por un escrito fechado y firmado por el secretario en el que se expongan los motivos por los que se muestra en el tablón. Sólo en este caso y con estas condiciones, no se vulnera el derecho a la protección de datos de los deudores.