¿Cuánto dinero puede quitarme Hacienda si tengo un embargo? No todo el que quisiera o se encontrara en disposición de hacerlo según la cantidad de dinero debida, ya que el ciudadano está protegido legalmente en base a artículo 607.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), que considera "inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el Salario Mínimo Interprofesional".
Es decir, que la legislación nacional limita el ratio de acción de Hacienda y permite que el contribuyente pueda quedarse con un mínimo de dinero. Con esa referencia que marca el SMI y que se considera como referencia o parámetro legal de supervivencia económica de cada ciudadano en concepto de lo mínimo que necesitaría para vivir según el contexto actual de cada país.
Actualmente, y tras su última subida a finales de febrero, se fija en 1.000 euros brutos mensuales repartidos en 14 pagas al año (14.000 euros anuales). Por tanto, por debajo será la cantidad que el Fisco no podrá embargar de la cuenta de alguien que mantiene una deuda impagada y que tiene que hacer frente mediante el embargo.
Hacienda: ¿qué cantidad de dinero puede embargar?
Aunque la entrada en escena del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) amenaza con cambiar los procedimientos. A su juicio, el blindaje solo debe aplicarse sobre el último ingreso mensual recibido. Por lo que Hacienda podría quedarse con todo lo que sobrepase esa cantidad, pese a que venga de ingresos equivalentes al SMI de meses anteriores, ya sea sueldo, pensión u otras prestaciones.
A partir de ahí, la Administración podrá embargar una diferente cantidad de dinero en función de la cuantía de los ingresos, en base también a ese artículo 607 de la LEC que venga contemplado en la sentencia judicial que le haya llegada al ciudadano y que le obliga a pagar ese dinero que debe.
Esa sentencia también puede llegar a la empresa en la que trabaje ese contribuyente a través de un requerimiento de Hacienda para que se le retire directamente del sueldo la cantidad o cantidades que sean superiores al SMI
Cómo se calcula lo que te deben quitar una vez se ha quedado protegido la última cantidad ingresada equivalente al SMI
Hacienda posee en su página web una "herramienta de asistencia virtual que te permite conocer la cantidad que resultaría legalmente embargable del importe que se recibe como salario, pensión, retribución o su equivalente". Las ‘Herramientas de asistencia virtual de recaudación’ también calcularán, además, por cuánto tiempo se va a extender el embargo.
La Agencia Tributaria incluye un vídeo explicativo para hacer uso de la misma.
Por tanto, a modo general, este será el porcentaje de los ingresos que podrá embargar Hacienda, que prevé descuentos de forma progresivo por tramos de ingresos:
- Desde el SMI hasta el doble del SMI: se embargan el 30% de esas cantidades.
- Desde el doble del SMI: hasta el triple del SMI se embargan el 50% de esas cantidades.
- Desde el triple del SMI: hasta el cuádruple del SMI se embargan el 60% de esas cantidades.
- Desde el cuádruple del SMI: hasta el quíntuple del SMI se embargan el 75% de esas cantidades.
- A partir del quíntuple del SMI: se embargan el 90% de esas cantidades.
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