
La Inspección Técnica Vehicular (ITV) es una obligación en España para que los vehículos puedan circular de forma legal. Cada conductor debe llevar su coche, en la fecha que le toque, a comprobar si está en condiciones para andar por las carreteras. Sin embargo, la normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT) contempla casos en los que no es necesario acudir al control de la ITV. Más desde este año, ya que a partir del 1 de enero, habrá más coches que estarán exentos de hacer este trámite.
Con la nueva disposición de la DGT que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2024, se calcula que hasta 47.000 coches en España ya no tendrán que pasar la ITV. Por lo tanto aquellos conductores que tengan un coche que cumpla con los requisitos que exige Tráfico para no presentarse a la revisión, podrán circular sin inconvenientes y sin riesgo de recibir multas, pero tendrán que demostrarlo.
Qué coches no tienen que pasar la ITV en 2024
La nueva normativa de la DGT señala que los coches que hayan sido fabricados o matriculados antes del 1 de enero de 1950, no deberán pasar la ITV. Dentro de esta categoría se incluyen todo tipo de vehículos: camiones, coches y ciclomotores, maquinaria agrícola y sin importar si fueron comprados en España o en el extranjero.
El objetivo de esta nueva norma es considerar a esos vehículos como Patrimonio Histórico, al igual que el modelo británico, para que estos coches circulen por las carreteras como parte de la cultura del país. De esta manera, se asegura que conserven su estado original, ya que no hay que adaptarlos a las exigencias que pasar por la ITV.
Requisitos para convertirse en vehículo histórico
La Dirección General de Tráfico pide cumplir una serie de requisitos para considerar que un vehículo es histórico. En primer lugar, y lo más importante es que tenga una antigüedad de al menos 30 años desde el momento de su fabricación o matriculación. Otra forma de lograr el reconocimiento es obtener la distinción de vehículo de colección, para lo que habrá que realizar otro trámite con unos requisitos más estrictos.
Por último, la DGT puede considera que el vehículo es histórico si se considera de interés especial, para lo que se deberá estar inscrito en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español, además de haber sido declarado de interés cultural o haber sido propiedad de una figura destacada en cualquier tipo de arte, deporte, política, etc.
Si un vehículo es considerado histórico significa que puede flexibilizar ciertas exigencias de mantenimiento y circulación. Deben seguir haciendo revisiones pero serán más espaciadas en función de su antigüedad.
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