En ocasiones se encuentran personas que, una vez llegan a la edad de jubilación, desean seguir en activo en la vida laboral a la vez que cobran la pensión de jubilación. Por eso, pese a que entran en la edad legal para poder jubilarse, continúan ejerciendo su actividad laboral con un contrato de media jornada, accediendo a una jubilación parcial.
Desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se ha detallado que el ingreso de la pensión por jubilación parcial es compatible con la actividad laboral, siempre y cuando sea un trabajo de media jornada.
¿Cuánto se cobra de pensión?
En estos casos, tal y como detalla la Seguridad Social, el pago de esta nunca será del 100% que podría corresponder a la pensión ordinaria, sino que será menor. El Estado pagará a los afectados una parte de la pensión de jubilación a la que se tiene derecho.
Para conocer cuánto se va a cobrar de pensión, habría que reducir del 100% de lo que la Seguridad Social debería abonar, el porcentaje del tiempo que se trabaja. Es decir, si una persona está dada de alta a media jornada, el 50%, el INSS solo abonará la mitad de la pensión, que se completará con su salario laboral.
Por ejemplo, si a un trabajador le corresponde una pensión ordinaria de 850 euros al mes, pasaría a ingresar 425 euros de pensión más lo correspondiente al salario laboral de media jornada.
Cotización a jornada completa, pero con condiciones
Según lo establece la normativa actual, la persona que esté en una situación de jubilación parcial continuará cotizando a la Seguridad Social como si estuviera trabajando a jornada completa.
Así lo ratificó el Tribunal Supremo en el pasado año 2020, acogiéndose al artículo 18.2 del Real Decreto 1131/2002, de 31 de octubre donde se regula la jubilación parcial y la seguridad social de los trabajadores a tiempo parcial.
Dicho artículo refleja que “para el cálculo de la base reguladora de la pensión se tendrán en cuenta las bases de cotización correspondientes al período de trabajo a tiempo parcial en la empresa donde redujo su jornada y salario. Esta cuantía se incrementa hasta el 100% que hubiera correspondido de haber realizado en la empresa, en dicho período, la jornada completa antes de pasar a la situación de jubilación parcial”.
Obligación del contrato de relevo para no salir perjudicado
El INSS, ha establecido que las personas que deseen seguir trabajando de manera activa y cotizando una vez cumplen la edad legal de jubilación pueden seguir haciéndolo.
Con el objetivo de que la persona que solicita este tipo de jubilación no se vea afectada de manera negativa, desde la administración pública se detalla que dicha jubilación debe estar vinculada con un contrato de relevo. Ya que, de no existir, el trabajador podría perder los derechos adquiridos o la antigüedad que le corresponde en la cotización.
¿Qué es un contrato de relevo?
Según establece la normativa, un contrato de relevo es aquel que se da cuando un empleado se jubila de la vida laboral de manera parcial. Este deja parte de su puesto de trabajo vacante para que llegue un nuevo trabajador, que ocupará su puesto también de manera parcial.
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