La pensión de jubilación del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) siempre es un tema que genera duda cuando se trata el tema de cuánto cobra un autónomo de jubilación. Hay que explicar que estos trabajadores por cuenta propia están incluidos en un régimen especial dentro de dicha administración pública. Específicamente, hacen sus cotizaciones para su futura pensión en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Existen variables que influyen en cuándo se podrá retirar del mercado laboral un trabajador autónomo. Y es que los rumores no son del todo inciertos. Comúnmente, la pensión de jubilación de este colectivo de trabajadores se encuentra por debajo de la del resto de trabajadores por cuenta ajena. Pero, ¿a qué se debe? A que las cotizaciones que hacen es por la base mínima. Por tanto, cuanto más la incrementen, más podrán cobrar. Lo que hace que no sea imposible que, si sus ingresos se lo permiten, puedan cobrar la cuantía máxima de jubilación, los 2.819 euros mensuales.
Cotizar por lo mínima puede ser beneficioso para el ahorro que supone, aunque a la hora del retiro laboral no lo sea tanto. Para ayudarles, la Seguridad Social les permite cambiar hasta 4 veces al año de cuota. Así podrán adecuar sus ingresos a lo que reciben en cada momento. Se está estudiando que puedan cambiar su cuota cada dos meses, un total de seis veces en cada ejercicio económico.
¿Cuánto llega a cobrar un autónomo de jubilación?
En este año, para que el INSS conceda una pensión de jubilación a los trabajadores adscritos a ella, se van a tener en cuenta los últimos 25 años cotizados. Para ello, tendrá en cuenta las últimas 300 cuotas pagadas. Además, se deberá cumplir con un requisito fundamental: se deberán acumular 15 años de cotización, dos de los cuales deben haberse cotizado en los 15 años inmediatamente anteriores al retiro laboral.
Realmente, lo que cobra un autónomo no es una ciencia exacta. Para cobrar una pensión de jubilación máxima se tendrá que pagar el triple de la base mínima (294 euros) durante los últimos 25 años hasta que se alcanza la edad ordinaria de jubilación, a los 65 años. Esto siempre que haya cotizado durante 37 años o más. Si no fuera el caso, deberá esperar a la edad legal, a los 66 años y dos meses.
Aun así, los Presupuestos Generales del Estado (PGE) fijan cada año unas cuantías mínimas a cobrar para todos los pensionistas jubilados. Para este 2022, el importe de las cuantías mínimas de jubilación quedan fijadas de la siguiente forma:
Mayores con 65 años o más
- Con cónyuge a cargo: 12.467 euros anuales.
- Sin cónyuge: 10.103,80 euros anuales.
- Con cónyuge no a cargo: 9.590 euros anuales.
Mayores menores de 65 años
- Con cónyuge a cargo: 11.688,60 euros anuales.
- Sin cónyuge: 9.452,80 euros anuales.
- Con cónyuge no a cargo: 8.934,80 euros anuales.
¿Qué cuota se debe pagar para cobrar el máximo de pensión de jubilación un autónomo?
Para cobrar la pensión de jubilación máxima, el trabajador deberá haber cotizado por la base máxima, es decir, 4.132 euros. Con ello sí que podrá cobrar los 2.819 euros, al igual que si hubiera cotizado por una base de 3.200 euros. La fórmula que se suele realizar es ir subiendo de cuota poco a poco según se van cumpliendo años.
Como se estima en el sistema actual de pensiones, donde se va aumentando la edad de retiro del mercado laboral, cuando llegue el 2027, la edad de jubilación estará fijada en los 67 años. ¿En qué se traduce esto? Pues que a partir de los 42 años se ve que sería la edad ideal para los trabajadores por cuenta propia comiencen a elevar su base de cotización.
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